Puedo recurrir una multa de radar fijo por tardar

Me ha llegado una multa de radar fijo por circular a 111 Km/h cuando el limite eran 90 Km/h, el caso que la multa es del 15/11/2009 y me ha llegado hoy 11/06/2010.
Por la parte posterior me mandan el certificado de ensayo de verificación periódica con fecha 28/05/2009 con resultado favorable.

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Depende de si es leve, grave o muy grave, 3,6 y 12 meses, lo que puedes hacer es recurrir, solicitando las siguientes cosas:
Marca y modelo del cinemómetro utilizado
Número de la antena del aparato con que se hizo la foto prueba de la denuncia.
Número del equipo en el que esta implantada la antena
Fecha de la aprobación individualizada ( del aparato en concreto con el que se detecto la infracción)
Fecha de la revisión anual comprensiva de la fecha de la denuncia
Fecha de la revisión efectuada última en el aparato cinemómetro, o en cualquiera de las partes que lo componen, realizada con ocasión de alguna reparación que tras su revisión anual haya sido necesaria por avería u otra circunstancia similar.
Solicita el certificado de la aptitud para manipular el cinemómetro por los agentes denunciantes.
Un saludo y suerte, te comento esto ya que si les falta algo... al ver el jaleo, puede pasar tiempo... tiempo... y ya no ser apta por pasarse de tiempo. Difícil pero no imposible
Hola de nuevo,
Antes que nada gracias por la rapidez en contestar.
¿Cómo puedo saber la gravedad de la multa? Ya que si es leve la recurro por el tiempo de tardanza en enviármela. La multa no es de mucho, ¿100? Pero con 30% de descuento si pago antes de 15 días, ¿es decir 70?, pero estamos en crisis y si me lo puedo ahorrar, mejor.
Respecto a la marca y modelo del cinemómetro, fecha de aprobado, antena y demás me lo mandan todo, andan listos, jaja.
Gracias de nuevo.
Un saludo.
Pues... desde la web www.dgt.es sale la tabla.. pero supongo que estará las nuevas normas, ya que tu estas por las normas de antes de junio, sera leve porque no tienes puntos, pagala, ya que si te han mandado todo, ya lo han hecho para que no puedas recurrir, y si recurres pierdes el 30%... aparte que es fijo, si fuera móvil y de la policía local, podrías tener más suerte... pagala, que sino genera intereses...
Perdona que sea tan pesada, jiji, por lo que he visto en las tablas es leve, ¿no la podría recurrir porque han tardado más de cinco meses en notificármela? ¿En ese caso cual sería mi alegación?
Muchas gracias y ya dejo de molestar.
Un saludo.
Y tranquila para eso estamos, para intentar ayudar en lo posible de nuestros conocimientos, según estoy leyendo seria grave, es decir 6 meses.
¿Hasta 90? ¿Leve
de 90? ¿Hasta 300? ¿Grave
a partir de 300? Muy grave
es decir, seria falta grave tienen hasta 6 meses para hacértela llegar.
Las de velocidad están consideradas como falta grave o muy grave, ya que un exceso de velocidad no es considerado como leve, no opstante, dame un poco de tiempo para ver que me puedo enterar por fuera, otra opción, revisa en el seguro si te cubre recursos de multas, pero como te comento dame algo de tiempo.

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