Indemnización al arrendatario lau 34

Al final el dueño de local rechazo la prorroga de alquiler y tuve que cerrar. Cogí otro local al lado. Era una oficina antes y hice todas las reformas e instalaciones. Estuve cerrado un par de meses. ¿La pregunta es- para pedir la indemnización que debo hacer? ¿Ir ya directamente al juzgado? ¿Qué puede incluir la indemnización? La ley dice gastos de traslado y perdida de clientela. ¿Cómo lo calculo? La nueva apertura me llevo muchos gastos, ya que el local no estaba preparado para hostelería para nada, instalación de agua, cables (gaste mas de 2000e solo en cables), arquitecto, arquitecto técnico, instalación de campana, de gas, cambio de la puerta de entrada, instalación de barra y cocina, licencia de apertura. ¿Qué puedo incluir en indemnización?

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Puede incluir todos los gastos de poner en marcha el nuevo negocio, ya habrá tiempo de regatear en el Tribunal.

Es importante que documente con facturas todos estos gastos, y también es muy importante que documente la negociación fallida con el

Propietario (cruce de ofertas, etc).

Suerte

entonces tenemos que preparar la demanda con facturas adjuntas y los burofaxes de ambos partes? gracias por su ayuda!

Será su Abogado el que diseñe la estrategia concreta, pero a grandes rasgos habrá que demostrar que Usted quiso prorrogar el contrato pagando un precio justo (demostrar el cruce de ofertas, negociación, etc) para que sea aplicable el art. 34.

Una vez demostrado esto, hay que valorar la indemnización con los gastos del traslado, nueva instalación, etc.

Originales y copias de los documentos que menciona serán imprescindibles.

Suerte.

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