He alquilado un local por 5 años y al cabo de 8...

He alquilado un local por 5 años y al cabo de 8 meses, me amenaza con abandonar el local e irse a otro, si no le bajo el alquiler.
El contrato que firmó no tiene clausulas de salida, así que creo que al menos podre exigir una indemnización por extinción de contrato.
El local tiene unos 34 metros cuadrados y esta totalmente equipado.
¿Cuánto le puedo exigir como indemnización?, y para el, ¿cuánto le pueden suponer los gastos de costas si se hace todo ante un Juez? (Esto otro es por si se me pone bravucón), ya que hay personas con muy poca educación y a veces hace falta bajarles los humos.
Muchas gracias.
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Las costas supone pagar tu abogado y tu procurador, y eso puede variar, dependiendo de lo que te cobren, entre 1.500 euros a...
En el arrendamiento de viviendas (que es lo que yo más conozco) la jurisprudencia mayoritaria condena al inquilino que incumple el contrato y se va antes de tiempo a:
- Seguir pagando la renta hasta el fin de contrato ó
- Seguir pagando la renta hasta que otro inquilino ocupe el piso (siempre y cuando no se demuestre que el propietario fue poco diligente en alquilarlo nuevamente)
Yo creo que una cantidad razonable, si es que es aceptable para ti (también depende de la dificultad para volver a alquilar en tu zona) podría ser un mes por cada año de contrato que deje de cumplir y la parte proporcional de este año (lo que la LAU propone para contratos de vivienda de más de 5 años) 4 meses + 2/3 de mensualidad (por los 4 meses que faltan para el primer año)
Claro que para empezar la negociación, puedes intentar que este primer año lo pague completo (o se quede todo el año).
Desde luego al no tener un motivo de peso, enfermedad, pocas ventas, o algo así, no creo que desee que el asunto llegue a juicio.
Bueno mejor que no llegue, ya sabes aquella maldición de "pleitos tengas y los ganes", o el refrán de "más vale un mal acuerdo que un buen pleito".
Mucha suerte - Papeleos Alquiler
Ha mencionado que: las costas supone pagar tu abogado y tu procurador, ¿?.
No se supone que estos gastos corren a cuenta del arrendatario, que es el que esta haciendo las cosas mal, extinguiendo el contrato como si de un mero papel se tratara.
Muchas gracias.
Acláreme si lo he interpretado mal.
Disculpe y nuevamente gracias.
Una condena en costas supone pagar el abogado y el procurador de LA OTRA PARTE (además de, obviamente, los propios)
Normalmente la parte que INCUMPLE suele ser condenada en costas.
Al decir tu abogado y tu procurador, me refería a que el inquilino, probablemente, sería condenado a pagarte a ti, tu abogado y tu procurador.

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