Tutela. Que derechos se tienen

Si un hija, se hace cargo de la tutela de su madre, ¿qué derechos y obligaciones tiene para protegerla?

La señora vive actualmente en su propia casa y un hijo, el cual no está capacitado para sus cuidados pero tampoco se quiere marchar.

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I. Hola Fátima, por mi parte sólo soy lector habitual pero quisiera ofrecerme para trasladar su consulta a un experto en el caso de que no reciba un respuesta en breve y adjuntarle la información a cerca de este tema que vi por si pudiese llegar a ser de alguna utilidad, si dispusiera de tiempo pienso que al menos podría informarse de lo esencial.

Disculpe por las molestias de tanta lectura y la manera de responderle. Mucho ánimo y suerte.


https://vlex.es/vid/funciones-518678650 

https://jurisred.es/la-tutela-de-menores-e-incapaces/ (A mediación del enlace)

https://www.espaciolegal.net/tutor-legal-derechos-y-obligaciones/ 

https://www.allendeabogados.com/blog/obligaciones-derechos-tutor-legal/ 

Incapacidad de un mayor, obligaciones de los hijos

Derechos del tutor de persona mayor

https://peritojudicial.com/tutela/ 

https://abogadoscorporate.com/cuales-son-los-derechos-y-obligaciones-de-un-tutor-legal/ 

http://normativainmobiliaria.wikidot.com/ 

https://noticias.juridicas.com/external/nj_masterunizar/cc.l1t10.html 

https://saverioabogados.com/obligaciones-del-tutor-legal/ 

https://www.eliasymunozabogados.com/blog/tutor-legal-derechos-obligaciones 

https://cbleon-abogados.com/la-tutela-funciones-obligaciones/ 

https://blog.hernandez-vilches.com/derecho-civil/tutela-funciones-obligaciones-y-deberes/ 

https://www.arriagaasociados.com/2017/07/tutela-y-tutor-legal/ 

https://ifiseducacion.com/que-es-la-tutela-de-adultos/?srsltid=AfmBOorRO1SPo3tc1G3DoIvuMPvn2MAXtPmQBxp_sI_aseHncfTqehj- 

(Perdón, quisiera agregar)

https://www.iberley.es/practicos/caso-practico-tiene-derecho-tutor-ser-retribuido-y-o-indemnizado-danos-y-perjuicios-32901


El tutor legal tiene derecho a una retribución pero hay que tener en cuenta que se trata de una retribución proveniente del propio patrimonio de la persona tutelada.

Según el artículo 274 del Título I del Libro I del Código Civil, denominado“De la Tutela, de la Curatela y de la Guarda de los menores o Incapacitados”:“El tutor tiene derecho a una retribución, siempre que el patrimonio del tutelado lo permita. Corresponde al Juez fijar su importe y el modo de percibirlo, para lo cual tendrá en cuenta el trabajo a realizar y el valor y la rentabilidad de los bienes, procurando en lo posible que la cuantía de la retribución no baje del 4 por ciento ni exceda del 20 por ciento del rendimiento líquido de los bienes”.

En este mismo título en su sección tercera se detalla cómo se deberá desarrollar el ejercicio de la Tutela siempre bajo la vigilancia del Ministerio Fiscal.

Muchísimas gracias David, por tomarte tanta molestia en buscar, tanta información.

Un saludo.

I. Hola Compañera, muchas gracias por su amabilidad y sus palabras, ojalá todo marche bien y aún pueda recibir la atención de un profesional. Mucho ánimo.

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