Problema para recobrar Plan de Pensiones de el banco

Tengo 66 años. No me dan la jubilación, por deudas con la seguridad Social. En estos momentos, me han dejado sin empleo. Estoy declarada en concurso. El banco, con que también tengo deuda, dice que, si no presento la jubilación concedida, no puedo recibir el plan de pensiones. Pero lo necesito para subsistir, pagar la deuda de seguridad social, y acceder a mi pensión.

Una abogada del turno de oficio, me dijo que tiene que dármelo. Llevo 9 meses sin cobrar. Es por supervivencia. ¿Puede decirme como debo pedírselo al banco? Y en caso de concedérmelo, y estando en concurso, ¿puede el banco embargarlo?

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Respuesta

I. Hola Compañera, lamento la dura situación, por mi parte no puedo ayudarle debido a mi ignorancia sobre este tema, pero si lo desea podría intentar facilitarle comunicación directa con varios expertos y abogados que tienen a bien colaborar frecuentemente en esta comunidad, siempre en caso de que no reciba respuestas durante la semana, creo que ellos podrán orientarle de primera mano.

Como he tenido ocasión de hablar con varias personas en los últimos meses, existen varias opciones entiendo básicas pero tal vez funcionales que podrían quizás aplicarse en su situación, son: acogerse a la ley de segunda oportunidad, la posibilidad de declararse insolvente, atenerse a la ley de 'desahucio por precario' y consultar con un asistente social/de familia por medio de su médico de cabecera.


https://empiezadecero.es/ley-segunda-oportunidad

https://www.blog.creditaria.com/ley-segunda-oportunidad-planes-pensiones 

https://sellolegal.com/blog/guia-para-declararse-insolvente-en-espana/


También podría pienso, a modo de vía complementaria, consultar en distintos organismos de ayuda al ciudadano y consumidor, tales como: OCU, Facua, OMIC, El Defensor del pueblo o, subiendo un peldaño más, el Centro Europeo de el consumidor en España, al que podría acudir quizás en primer lugar.


https://cec.consumo.gob.es/CEC/home.htm

https://www.ocu.org/reclamar/lista-reclamaciones-publicas/negaci-C3-B3n-de-ayuda-y-baja-unila/c97952cffc900f9b2b 

https://www.ocu.org/reclamar

https://facua.org/?srsltid=AfmBOop8ezyaJB_2TcOieP4tT6qt08TDgIre9mQE4QuFJKa5mEE9VqLz

https://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/


Asímismo acabo de ver la posibilidad de atenerse a un rescate extraordinario/excepcional, del que tampoco conozco referencias concretas pero que quizás pueda consultar con su abogada.

https://www.martinmolina.com/2020/06/30/como-rescatar-mi-plan-de-pensiones-de-forma-excepcional/ 

https://www.bbvamijubilacion.es/blog/en-que-casos-puedo-rescatar-mi-plan-de-pensiones-de-forma-extraordinaria/ 

A cerca de INSS, leí lo siguiente en una página de Mapfre.


**¿Es posible aplazar el pago de la deuda con la Seguridad Social?

Si no es posible pagar dentro del plazo, se puede solicitar un aplazamiento a la Seguridad Social y establecer un esquema de pagos diferente que se alargue en el tiempo. En ese caso. Se podría empezar a cobrar la pensión sin haber saldado la deuda.

Es posible incluso acordar que la Seguridad Social retenga un porcentaje de la pensión para saldar la deuda y hacerlo todo más sencillo.


A pesar de mi desconocimiento quisiera adjuntarle una serie de enlaces sobre este tema que si dispusiera de tiempo para leer pienso podrían serle de relativa utilidad.

Disculpe por el trastorno de tanta lectura.


https://adicae.org/simulador-planes-pensiones/guiarescate.html 

https://asesoriaezequiel.es/puedo-jubilarme-si-tengo-deudas-con-la-seguridad-social/ 

https://robinhoodasociados.es/blog/robin-hood-asociados-1/jubilacion-con-deudas-24 

https://www.ing.es/sobre-ing/pdf/RESC-PP.pdf 

https://www.nnespana.es/blog/es-embargable-plan-de-pensiones 

https://www.fidelitis.es/derecho-pension-con-deuda-en-la-seguridad-social/ 

https://preahorro.com/jubilacion/cuando-puedes-recuperar-tu-plan-de-pensiones-antes-de-tiempo/ 

https://abogadosparatusdeudas.es/noticias/deudas-seguridad-social-cobrar-pension/ 

https://segundaoportunidadmurcia.com/blog/deudas-seguridad-social-cobrar-pension-jubilacion/ 

https://www.bbva.es/finanzas-vistazo/ef/planes-de-pensiones/embargo-plan-de-pensiones.html 


Para concluir, aunque será muy difícil que pueda percibirlas en este momento, me gustaría proponerle las escasas prestaciones que conozco por si pudiesen llegar a serle de alguna utilidad en un futuro cercano. Muchísimo ánimo y suerte.

---- Posibles subsidios


- Prestaciones -subsidios- dirigidos a personas mayores de 45 y 52 años,

https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/ 

https://loentiendo.com/nuevo-subsidio-mayores-52-anos/ 

https://sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/no-tengo-prestacion/desempleado-larga-duracion.html

- Subsidio por cargas familiares

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares.

-- Subsidio ordinario/extraordinario de SEPE/INSS

https://loentiendo.com/sed-subsidio-extraordinario-desempleo/

http://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/tengo-mas-de-55-anos.

- Cheque familiar,

https://loentiendo.com/cheque-familiar/ 

- Ingreso mínimo vital

https://loentiendo.com/ingreso-minimo-vital/ 

- Información más general sobre posibles subsidios de desempleo existentes.

https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/

https://loentiendo.com/renta-activa-de-insercion-discapacidad/

Prestación por hijo a cargo. Será necesario que sus hijos, en caso de tenerlos, sean menores de 18 años, o bien que, siendo mayores de edad, padezcan algún tipo de discapacidad, (porcentaje de un 33% como mínimo),

https://www.ayudas-subvenciones.es/blog/prestacion-por-hijo-a-cargo-detalles-ayuda-familiar/

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