Si ganas un premio de la Lotería de Navidad, ¿Afecta fiscalmente si lo cobras antes o después del final del año?

Es decir, si lo cobras en el año del sorteo (diciembre 2025, por ejemplo) entonces entiendo que entra en la Declaración de la Renta del 2026 que sería para el ejercicio 2025. PERO, si se cobra en el año siguiente (enero 2026, por ejemplo), ¿habría qué declararlo también en la Declaración de la Renta 2026 (ejercicio 2025) o sería en la Declaración de la Renta 2027 (ejercicio 2026)?

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I. Hola Compañer@, en mi caso no soy conocedor, pero como lector habitual deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema por si pudiese serle fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o profesional, el que si desea y no recibiese respuestas podríamos invocar o citar, para que le atienda en el menor tiempo posible.

Según he leído e interpreto, si usted cobrase el premio en Enero de 2026, tendría que declararlo en el ejercicio de 2017 (Cito).


*La presentación de esta declaración informativa deberá realizarse durante el mes de enero de cada año en relación con los premios satisfechos en el año inmediato anterior

Al final de cada año, los pagadores deberán presentar el resumen anual (Modelo 270), en el que
Informaran de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados durante el año y en el que se
Incluyen los datos identificativos de los premiados.*.


Le ruego me disculpe por todas las molestias de lectura y la imprecisión. Mucha suerte.


https://www.aedaf.es/es/documentos/descarga/59925/tributacion-de-los-premios-de-loterias 

https://tugesto.com/blog/actuar-legalmente-loteria-navidad/ 

https://www.dig.es/como-declarar-los-premios-de-la-loteria-en-la-renta/ 

https://www.enae.es/blog/loteria-de-navidad-impuestos 

https://fiscalclinic.es/loteria-de-navidad-fiscalidad/ 

https://www.gestoriabarcelona.com/2025/04/hay-que-declarar-los-premios-de-loteria-en-la-declaracion-de-la-renta-2025/ 

Estimado amigo,

Gracias por su respuesta. Aunque no sea conocedor, me ha ayudado con datos y referencias concretas. Veremos si algún experto fiscal se pronuncia también al respecto.

Saludos y buen día.

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