Se puede cobrar la indemnización por ITP dos veces
Mi señora en 2020 le concedió el INSS una ITP. Era fija discontinua con 15 años de antigüedad. Cobró el seguro colectivo que cubría dicha eventualidad. Al año, la llamaron a revisión, y en contra del informe de síntesis de la inspectora, que recomendaba seguir con la ITP, porque no había mejoría, el INSS le dio el alta por mejoría. Al recurrir, lo denegaron por curación. Evidentemente está judicializado, que tiene fecha para enero de 2025. Se incorporó de nuevo a su puesto, lo que perjudicó su dolencia. Le volvieron a dar una IT. Al año, hace un par de meses, la llamaron de inspección, y han resuelto volver a concederle la ITP. La pregunta es ¿tiene derecho a cobrar la indemnización del seguro colectivo de nuevo?