¿Dónde esta la normativa de los incumplimientos de los plazos que da la inspección de trabajo a las empresas?

Denuncie a una empresa (ya no trabajo allí) a la inspección de trabajo, los inspectores ordenaron a la empresa a activar el protocolo de acoso laboral y contestar con el resultado de la investigación en un plazo de 3 meses.

Los tres meses han pasado y yo no he recibido aun ninguna información sobre el resultado de la investigación ni por parte de la empresa ni por parte de la inspección.

¿Quién debe informarme la inspección o la empresa?

¿En el caso que sea la inspección, cuanto tiempo tienen ellos para comunicármelo a mi?

¿Si la empresa ha incumplido esos plazos, la inspección debe sancionarla?, ¿Dónde se recogen los artículos y sanciones por incumplimientos de ese tipo?

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