De alta en un ayuntamiento y en un organismo de la Generalitat Valenciana durante 12 días

Trabajo en un ayuntamiento de la Comunidad Valenciana como funcionario interino temporal desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre (3 meses). Desde el 19 al 30 de septiembre estaré sin trabajar por compensación de horas extras (dias 19 y 20 de sept) asuntos propios ( 21 y 22 de septiembre) y vacaciones (23 al 30 de septiembre). ¿Pueden darme de alta el día 19 de septiembre en un organismo de la Generalitat Valenciana como funcionario interino para cubrir una excedencia?. ¿Puedo estar de alta en los dos organismos públicos durante 12 días remunerados al no estar ya ejerciendo actividad alguna en el ayuntamiento?. Es que no quiero darme de baja voluntaria en el ayuntamiento para que no me penalicen en la bolsa de trabajo y me bajen al último puesto por ello.

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