¿Venta online de cosas usadas? ¿Cómo tributar? Expongo :

QUIERO MONTAR UNA TIENDA ONLINE EN LA CUAL VENDA COSAS QUE TENGO EN MIS CASA DE COLECCIONES QUE COMPRE EN MIS 40 AÑOS COLECCIONANDO todo usado : cromos, pegatinas, postales, cortinas, telas, jarrones, platos, lámparas, libros, sillas, cuadros, fotos, almanaques, revistas, libros, cds, juguetes, figuras de porcelana, belenes, monedas, sellos, fascículos, ropas-

Todo lo he ido adquiriendo en mercadillos, rastros, particulares etc, y no tengo factura de nada de ello, así como todo lo que seguiría comprando ya que me gusta ir de rastro en rastro... He empezado dándome de alta y pagando los impuestos que el asesor me ha ido marcando, pero no estoy yo muy seguro de estar en el epígrafe correcto, etc...

Mi pregunta es clara : no tengo facturas de compra ( y quiero hacerlo todo legal sin buscar vacíos legales) y ver cuanto me saldría

PREGUNTAS

¿Cuál es mi epígrafe?

Como tributo (modulo, iva aparte... ETC )

¿Cuánto tengo que pagar a hacienda? ...

1 Respuesta

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Hay un régimen especial de bienes usados, para el IVA al que usted debe acogerse. En cuanto al epígrafe del IAE 656: Comercio al por menor de bienes usados. No se tributa por módulos en este epígrafe.

El principal problema que tiene es que ha de documentar sus compras (tendrá que disponer de un documento con los datos del vendedor y copia de su DNI), tanto para el IVA (se tributa sobre el beneficio de cada operación), como para el IRPF.

Hola nuevamente,,,, No tengo intención de comprar nada solo vender y trabajar de lo que ya tengo almacenado durante años,,, tengo un almacen lleno de cosas que son las que quiero vender, tengo material para vivir tres vidas... y como en todos los epígrafes leo el tema de facturas de compra,,, yo no tengo ninguna factura de compra,,, y me gustaría saber como hacerlo... gracias de antemano

Le recomendamos se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Puede que una opción, sea que constituya una sociedad y esta sociedad le compre los bienes... para lo que debería valorarlos y tener un listado de los mismos... En caso de vender directamente como autónomo, tendrá imposible demostrar el gasto de la compra y por lo tanto, todo será beneficio y tributará por ello, tanto el IVA como el IRPF.

Agradecemos valoración de la respuesta.

gracias por la respuesta anterior.  y me pregunto ....

y en caso de que me cuente todo como ganancia ... a la hora de tributar¿ que porcentaje tengo que pagar a hacienda ,,,, 4 % 6%...21%%%???

 un ejemplo - si vendo 12.000 euros en 1 año ...-  ¿cuanto me cobra hacienda sin ninguna factura de compra? contando para ellos de que todo es ganancia ... 

gracias

Como ya le hemos indicado, deber ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Del precio de venta (IVA incluido en REBU) un 21% lo tendrá que pagar en el modelo 303.

Del beneficio (precio de venta menos el IVA), como persona física tributa por tramos, pero tendrá que realizar pagos a cuenta con el modelo 130 del 20%, que luego se regulariza en su RENTA.

Como sociedad, tributaria al 25%, aunque es posible que pudiera acogerse durante los dos primeros años al 15%. Pero luego para llevar ese dinero a su casa, hay que repartir dividendos y eso también tributa.

Agradecemos valoración de la respuesta.

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