Declarar compras y ventas

Tengo en mente un proyecto del que me surgen dudas acerca de las declaraciones de compras y ventas. La empresa en cuestión se dedicaría a la compraventa de artículos de coleccionismo. Gran parte de las compras se harían tanto a particulares como en mercadillos por lo que no existirían facturas. Así mismo gran parte de las ventas se harían al extranjero, tanto a la CEE como USA, sin declaración de aduanas, ya que los envíos se harían por Correos como carta certificada y serían de pequeño valor. ¿Qué tipo de sociedad sería la más adecuada y cómo se habrían de declarar en estos supuestos tanto las compras como las ventas?

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Pues en cuanto a la forma de la sociedad, hará falta tener en cuenta el número de socios. Si la empresa la vas a iniciar tú solo, yo te recomiendo que lo hagas como empresario individual de momento, o bien constituir una sociedad limitada unipersonal. La ventaja de la sociedad limitada es que tal y como su nombre indica, la responsabilidad ante deudas no afecta al partícipe, sino sólo a los bienes de la sociedad, y el inconveniente es que la constitución conlleva unos trámites bastante engorrosos y tiene unas obligaciones formales bastante más complejas.
Si el negocio lo inicias con otro socio, puedes hacerlo o bien con una sociedad limitada poseyendo el 50% de las participaciones cada uno, o bien constituyendo una sociedad civil. Las sociedades civiles son muy fáciles y baratas de constituir pero no limitan la responsabilidad y las rentas las imputan a cada uno de los socios (es decir, no tributa por el Impuesto de Sociedades sino que cada socio tributa en su declaración de la renta por el porcentaje de beneficio de la sociedad que le corresponda).
En cuanto al IVA, y por lo que me comentas, sería un caso claro en el cual te puedes acoger la REBU (Régimen Especial de Bienes Usados). Este régimen te puede beneficiar debido a que tiene unos mecanismos especiales para deducirte el IVA que en el régimen general no te premitiría.
Yo te recomiendo que te pongas en manos de profesionales y que analicen tu situación y compatibilidades de los regímenes, porque no es sencillo ni fácil de hacerlo por aquí. De todas formas espero haberte servido de orientación. Si quieres leer algo más sobre el régimen REBU te recomiendo leer los art. 135 y ss de la Ley del IVA
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l37-1992.t9.html#c4

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