En una separación como queda el alquiler

Tengo un matrimonio de alquiler que se han separado, el me dice que deja el piso, pero ella la he llamado y no me coge el teléfono.

Que debo hacer en el caso que no me de respuesta a si se queda o no.

Cuanto tiempo tengo desde primeros de mes.

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Habría que saber si ambos figuran como arrendatarios en el contrato de arrendamiento, si es así la esposa puede continuar alquilada y pagando la renta, si solo figura el marido, tendrá que atenerse a lo previsto en al artículo 15 de la Ley de arrendamientos urbanos, no puede marcharse por las buenas y dejar a su cónyuge en la vivienda, y sobre todo "La voluntad del cónyuge de continuar en el uso de la vivienda deberá ser comunicada al arrendador en el plazo de dos meses desde que fue notificada la resolución judicial correspondiente, acompañando copia de dicha resolución judicial o de la parte de la misma que afecte al uso de la vivienda".

El contrato solo esta a nombre del esposo, yo sigo llamándola al teléfono, pero no me le coge, sería conveniente ponérselo por WhatsApp.

Un saludo.

En tal caso es su inquilino quien le tiene que resolver el problema, dejarle la casa vacía y a su disposición. El teléfono no es aconsejable para estos casos. Lea el decálogo del casero en el enlace que le dejo

¿Si la esposa no figura en el contrato, la subrogación la acoge?

Los requisitos para ello los define el artículo 15 de la LAU, cuyo enlace le he facilitado.

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