RENTA 2020 - duda con fecha adquisición de vivienda

En el año 2006 falleció un señor que deja en herencia varias propiedades a sus hijos.

Los hijos no hacen aceptación de herencia hasta 2017.

Ahora han vendido algunas propiedades.

¿Cuál sería la fecha de adquisición de las propiedades a efectos de calcular la ganancia patrimonial? ¿2006 o 2017?

2 Respuestas

Respuesta
1

2017

Ya que un herencia también se puede no aceptar, de ahí, está la aceptación de herencia a beneficio de inventario

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que les ayude con su caso concreto.

Mientras no se acepta o rechaza una herencia, esta forma parte de una comunidad de bienes irregular de los herederos (herencia yacente), por lo tanto, aunque ustedes acepten en 2017, son propietarios (aunque no hayan aceptado todavía) desde la fecha de fallecimiento a efectos fiscales. Si renunciaran, no lo serian desde la fecha de renuncia.

Las comunidades de bienes están en régimen de imputación de rentas y por lo tanto, ustedes (los herederos) son responsables fiscales desde el día de fallecimiento.

Por lo tanto, deberían indicar como fecha de compra la del fallecimiento.

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