Cuantía de prestación del erte y embargos por deuda das con hacienda

Estoy como muchos españoles en situación de erte desde el 14 de marzo, el caso es que a día de hoy mis datos aún no han sido introducidos en el sepe y no voy a cobrar hasta el mes de junio todo ese tiempo de prestaciones, osea, cobraré 2 meses y medio, el caso esque tengo una deuda con hacienda y me retienen una cantidad todos los meses de mi sueldo para pagarla, me retienen mensual unos veintipocos euros ya que mi nómina es de 1000 euros, mi duda es si cuando cobre el paro mensualmente no voy a cobrar más del smi y no me pueden quitar nada pero claro al cobrar 3 nóminas juntas la cantidad es bastante alta... ¿Me pueden embargar por la nómina junta de 3 meses si es por su culpa que no he cobrado mensualmente?( ¿Si cobrase mensualmente el embargo sería 0 cada mes) Si lo hacen lo podría reclamar?

Respuesta

La cuantía a embargar tiene que ser la misma, no por cobrar los meses de manera acumulada va a sufrir más embargo del que corresponde. Si por algún error esto sucede, tiene que efectuar la oportuna reclamación.

https://www.laborconsulting.es/portada.html 

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Respuesta

Sí, podrán embargarle la prestación contributiva o el subsidio por desempleo en aplicación de una orden judicial o resolución administrativa y en la cuantía que el título ejecutivo disponga.

No se puede embargar la prestación que no supere la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Si el objeto del embargo es el pago de la pensión de alimentos a favor de los hijos o hijas, o el pago de la pensión compensatoria a favor del excónyuge, la resolución judicial podrá ordenar que se embargue el total de la cuantía de la prestación.

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