Tramitar baja electrónica Seguridad Social

Me han despedido con fecha 12/03 aunque me enteré al final de la semana pasada por el burofax. Estaba y sigo de baja, pero ahora con el estado de alarma no se puede ir a una oficina de la Seguridad Social a tramitar la documentación, y no consigo encontrar la forma de hacerlo de forma electrónica a pesar de tener Cl@ve. Se trata de una incapacidad temporal por ansiedad. Solo he conseguido ver las opciones de bajas permanentes, que no es mi caso. Y lo único que encontré relacionado con IT es un documento que hay que imprimir y llevar a la oficina que ahora está cerrada. Por favor, ¿alguien puede ayudarme e indicarme cómo debo hacer para que estos días después de mi despido pueda cobrarlos y cómo gestionarlo? Es la primera vez que me encuentro en esta situación.

3 respuestas

Respuesta

En la web oficial de la seguridad social te ponen unos teléfonos y la forma:

"Los ciudadanos tienen la posibilidad de realizar los trámites urgentes que no puedan posponerse a través de los instrumentos telemáticos de la Sede Electrónica, del Sistema Red y del Registro Electrónico y llamando a los teléfonos 901166565 (INSS) y 901502050 (TGSS). Los centros se mantendrán operativos a puerta cerrada, con el fin de garantizar el funcionamiento únicamente de los servicios indispensables."

https://revista.seg-social.es/2020/03/16/la-seguridad-social-cierra-la-atencion-al-publico-presencial-en-sus-oficinas/ 

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Alta, baja y variación de datos en el Régimen General de la Seguridad Social

Puedes solicitar la baja en el cobro de la prestación en las siguientes situaciones: colocación por cuenta propia o ajena, traslado al extranjero, jubilación, incapacidad temporal por enfermedad común, invalidez provisional o permanente, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, maternidad/paternidad. Has de tener en cuenta que si la baja en el cobro de la prestación es por colocación por cuenta propia o ajena y, al finalizar dicha colocación, reúnes los requisitos necesarios para acceder a la prestación por desempleo, podrás reanudar el derecho que suspendiste tras dicha colocación.

Para acceder a este servicio es necesario identificarse a través de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña obtenido a través del sistema Cl@ve.

Links de interes

https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=sv01A

Gracias, pero sigo sin poder acceder a ningún formulario online. Conseguí un correo electrónico de mi ciudad, Barcelona, pero no me han respondido por ahora y a saber cuándo van a hacerlo...

Te facilito la página web del sepe y allí puedes rellenar o solicitar los tramites para la baja

Links

https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=proce_ciudadanos/

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Además de lo indicado por el otro experto, le recomendamos se ponga en contacto con la Mutua de Accidentes. Ellos le ayudaran con esta cuestión.

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Hola, gracias por la respuesta, pero al haber sido despedido de la empresa entiendo que la mutua de la misma no sirve de nada, entre otras cosas porque es una baja de apenas 15 días y su mutua nunca llegó a ponerse en contacto conmigo. Hasta donde yo sé, una vez despedido se hace cargo la INSS a menos que me indiquen lo contrario.

Si esta de baja laboral, debe ponerse en contacto con la Mutua de Accidentes, ellos serán quien mejor le pueden ayudar con los tramites actualmente.

Agradecemos valoración de la respuesta.

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