Soy española y residente en Perú y quiero emitir facturas puntualmente a empresas y autónomos españoles

Hasta el año pasado he sido residente y autónoma en España, estando dada de alta en autónomos y hacienda hasta el mes de noviembre de 2019

En este momento estoy dada de baja en hacienda y en la seguridad social dada de alta en convenio especial para seguir cotizando el tiempo que viva aquí en Perú

Aunque no era la idea inicial, es mi marido el que trabaja aquí como expatriado, ahora estoy pensando trabajar para algunas empresas y autónomos españoles, por lo que tendría que facturarles y me surgen varias dudas:

¿Cómo habría que realizar la factura?

¿Tendrían ellos que darse de alta o registrarse en algún lugar especial o hacer algo diferente de lo que hacían cuando les facturaba viviendo en España?

¿Tengo qué darme de alta en Hacienda o cambiar mi estado de afiliación en la Seguridad Social?

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Entendemos que usted ha comunicado el cambio de residencia en Hacienda y por lo tanto ahora son residentes fiscales en Perú. Esto implica que usted ha de tributar por todas sus rentas mundiales allí, y que debe darse de alta conforme a la normativa de Perú.

Para las empresas españolas a las que usted facture, será un importación de servicios, con lo cual usted ha de emitir la factura sin IVA ni retención, por los servicios, con sus datos de Perú (una vez dada de alta).

En determinados casos, puede que ustedes no estén como residentes fiscales en Perú, al haber mantenido la residencia habitual en España por ser expatriados temporales por trabajo, al menos el primer año... y la cosa se complicaría.

Además hay que estudiar el posible convenio entre ambos países, si tienen algún tipo de ingreso o imputación de rentas en España, donde tributarían como no residentes (intereses bancarios, inmuebles, etc.)

Sí efectivamente estamos como residentes fiscales en Perú.

No me queda claro si la persona que contrata mis servicios tiene que hacer algo con esa factura, entiendo que ni retenerme el irpf ni declarar el Iva, pero ¿tienen que realizar algún otro trámite?

Gracias

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Para sus clientes, se trata de una importación de servicios, esto implica contablemente que se ha de contabilizar como inversión del sujeto pasivo (similar a lo que se hace con las operaciones intracomunitarias).

Desconocemos el tipo de servicios que usted presta, pero debería mirar el enlace, por si esta dentro de los servicios que se consideren realizados en territorio de aplicación del IVA (reglas de localización)

https://www2.agenciatributaria.gob.es/soporteaeat/Formularios.nsf/Localizador 

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