Excursiones y viajes escolares son sinónimos en un convenio regulador?

En el convenio regulador que tiene mi marido con su ex mujer sobre el hijo que tienen en común pone que los viajes escolares son considerados gastos extraordinarios y deben abonarlo al 50% ambos progenitores.

El problema es que según ella un viaje escolar es también una simple excursión de un día a un museo o similar, y hemos leído que las excursiones son gasto ordinario y por tanto incluido en la pensión.

En estos casos y según la jurisprudencia, la palabra"viaje escolar" suele ser también excursiones o se ciñe a la exactitud de la palabra y son sólo viajes, es decir, ¿con al menos una noche de pernocta?

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Respuesta

Las excursiones, ya sean de unas horas o de varios días, no son obligatorias, y sus gastos son extraordinarios ya que no son usuales, previsibles ni continuados.

Por tanto, es correcto y justo que sean pagadas por ambos progenitores. Si los padres no pagan, el niño simplemente no iría de excursión, porque ninguna excursión escolar que tiene un coste para los padres, puede ser obligatoria.

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