Jubilación anticipada.- ¿Cómo afecta a la jubilación la reincorporación al mercado laboral después de ERE?

Me surge una duda y quisiera ver si alguno me podéis aclarar.
En el supuesto persona con 56 años, cesó en la empresa por despido colectivo ascrito a un ERE, arti. 52 causas económicas y organizativas. Con un total cotizados a fecha salida de la empresa de unos 30 años cuando termine la prestación por desempleo, y el convenio especial al que tiene derecho supera ampliamente los 33 años de cotizaciones totales.
Esto le da derecho a jubilarse anticipadamente 4 años sobre su edad ordinaria de jubilación que serian los 65 años, por tanto a partir de los 61 años podría acceder a dicha jubilación anticipada.
La duda es, suponiendo que esta persona encontrara trabajo, el hecho de incorporarse nuevamente a la actividad laboral ¿Limita en algún sentido su derecho actual de anticipación de jubilación? O por el contrario podría continuar jubilándose con un máximo de 4 años anterior a su edad legal.

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