Tengo minusvalía y voy a trabajar en dos empresas a la vez, ¿Van a poder recibir las dos la subvención por la minusvalía?

Actualmente estoy trabajando en una empresa la cual está recibiendo por mí una subvención por tener minusvalía. A partir del mes que viene voy a trabajar a la vez en otra empresa y quisiera saber si esa empresa va a poder recibir también la subvención o si me tengo que ir de mi actual empresa para que la otra pueda recibirla

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I. Hola Compañero, en mi caso, sin ser experto, estoy casi seguro de que sí desgravaría pero al mismo tiempo no puedo darle la completa seguridad, aunque sí he encontrado información relativa, esta consulta de otra persona y el siguiente texto, tambien extraido de una consulta,

https://www.porticolegal.com/foro/horas-maximas-pluriempleo-2-empresas_1284028 


--- Contratación de minusválidos

Esta modalidad fue creada para facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad.

Existe la obligación de contratar a minusválidos en todas las empresas públicas y privadas que tengan 50 o más trabajadores. De la plantilla total de la empresa, al menos el 2% serán trabajadores minusválidos.

La contratación para los trabajadores con alguna discapacidad puede tener distintas modalidades, tales como:

--- Indefinida minusválidos. Este tipo de contratación se realiza a trabajadores con un mínimo de minusvalía reconocida del 33% ó más, y que estén inscritos en el INEM.

--- Empleo selectivo. Se trata de una modalidad que regula como es la readmisión de trabajadores minusválidos, una vez recuperados, dentro de las propias empresas. Los trabajadores minusválidos deben cumplir una serie de requisitos, tales como estar en situación de incapacidad permanente parcial, que se les ha reconocido una incapacidad permanente y hubiesen cesado en la empresa y que se les ha reconocido una incapacidad permanente total o absoluta y hubiesen cesado en la empresa.

--- Contrato para la formación de trabajadores minusválidos. El requisito necesario para que un trabajador acceda a este tipo de contratos, es tener una minusvalía igual o superior al 33%. Además, se establecerá, en convenio, la duración máxima del contrato, que no podrá ser superior a cuatro años. Las empresas que celebren estos contratos tendrán, también, derecho a la bonificación correspondiente en las cuotas de la Seguridad Social.

--- Contrato en prácticas para minusválidos. Para acceder a este tipo de contratación, además de tener un grado mínimo de minusvalía igual o superior al 33%, se fija como requisito la obtención de un título que le habilite para su profesión, el cual se haya obtenido en los últimos seis años a la firma del contrato.

Contrato temporal de minusválidos. Desde el año 2002, las empresas pueden contratar temporalmente a trabajadores minusválidos.

Tal y como le hemos comentado no existe disposición legal que impida el pluriempleo no obstante y para su tranquilidad le facilito número de teléfono para poder contactar:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Oficinas/index.htm


Seguro que un compañero conocedor podrá orientarle mejor.

En este artículo al menos creo que podrá despejar otra serie de dudas,

https://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/deducciones-por-discapacidad-en-el-irpf/ 

https://www.sunrisemedical.es/blog/beneficios-fiscales-discapacidad-33 

Sí deseaba comentarle, que las personas que tenemos una minusvalía estamos exentos de pagar una serie de importes derivados de herencias o, como en este caso, a la hora de desgravar, ya que trabajar en dos o tres empresas a la vez, para alguien 'normal' que no desgrave, supone tener que pagar a hacenda una cantidad considerable de los ingresos anuales percibidos. De esta forma, usted ya de entrada podrá librarse de este problema, (copio una captura de la parte que explica este punto)

https://www.monedo.es/now/blog/finanzas-personales/cuestiones-fiscales-que-debes-conocer-si-eres-pluriempleado/ 


Mucho ánimo.

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