Pensión de orfandad y salario mínimo
Para recibir una pensión de orfandad y compatibilizarla con ingresos generados por trabajos por cuenta propia o ajena, la cantidad recibida no debe superar el 100% del SMI. ¿Se debe entender que la suma de las dos cantidades, la pensión más la contraprestación obtenida por el trabajo, no puede superar el SMI, o que la cantidad recibida por el trabajo exclusivamente (sin sumarle la pensión recibida) no puede superar el SMI?