Tarjeta comunitaria de ascendiente a cargo

Recientemente he solicitado la tarjeta de familiar de comunitario para mis padres -ascendiente a cargo- y he leído que no pueden trabajar más de 90 días del cómputo anual o a media jornada siempre y cuando no superen el salario interprofesional -735€ actualmente-; siempre y cuando se demuestre que sus ingresos no son requeridos para su mantenimiento en España. De otro modo correrían el riesgo de perder el derecho a poseer la tarjeta comunitaria por no depender económicamente de mí.

Por otro lado, he leído que actualmente eso ya no es así sino que tienen pleno derecho de trabajar pero no estoy seguro por lo que surge la duda:

Teniendo en cuenta que mis padres han obtenido la tarjeta comunitaria de familiar de ciudadano -a cargo- de la UE tienen derecho a trabajar? De ser positiva la respuesta:

Tienen limitaciones en cuanto a horas, ¿tipo de contrato o actividad?

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Sus padres pueden trabajar en España, pero efectivamente si se demuestra que con el sueldo que tienen no dependen de usted, que no están empadronados con usted, y el salario supere el salario interprofesional -735€, podrá retirarle la residencia de estar a cargo, de familiar comunitario.

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