Contrato empresa publicidad días naturales o hábiles?

Contrate los servicios de una empresa de publicidad. Firme un contrato de permanencia de un años. En el que consta que me puedo dar de baja a los 14 días. No consta nada más.

Les llame para darme de baja, y les pregunté si eran hábiles y la chica me dijo que naturales.

¿Son hábiles o naturales?

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El concepto de "días hábiles" está relacionado con los plazos procesales, pero funcionan como excepción en los contratos entre particulares. Es decir, que si no pone que los plazos se computarán en días hábiles, estos son naturales. Los plazos generales en que aparecen mes y año se computan de fecha a fecha, sean procesales o contractuales. Si en una tintorería le dan un recibo diciendo que caducará la posibilidad de recoger su traje "a los tres meses" se refiere al mismo día exacto del tercer mes; igualmente, si usted contrata un arriendo por un año, también es de fecha a fecha, sin integrar la diferencia entre días hábiles o no. Por esa misma razón, si en su contrato de un año no se consigna la salvedad de computar los días hábiles, se entienden todos naturales.

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