Transferir préstamos personales a Sociedad Limitada

Llevo 2 años operando como autónomo y durante este tiempo he solicitado 3 préstamos bancarios para invertir en mi actividad y los he estado pagando con los beneficios de dicha actividad. Ahora he constituido una Sociedad limitada (con escrituras tipo, constitución exprés) y me surge la duda de si con los beneficios de la Sociedad puedo ir pagando los créditos de mi anterior actividad o solo los puedo pagar con mi sueldo. He de decir que soy Administrador y socio principal (60% de las acciones) de la SL con retribución fija.

Respuesta
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Tienes varias posibilidades. Si eres Administrador y también trabajador de la misma, te puedes asignar un salario de mercado que pueda cubrir tus necesidades y además los préstamos que adquiriste a nivel individual.

Por otra parte, si los préstamos los adquiristes para la actividad, habría que pensar que los bienes que compraste para la misma, los has cedido ahora a la sociedad, por lo que debería de haber una factura de venta, y la sociedad podría pagarte estos bienes para adquirir su propiedad, y con ellos pagar el préstamo. Como la sociedad al principio no tiene tesorería, puedes establecer un plazo de pago largo, a razón de cuotas mensuales similares a los préstamos.

Otra alternativa es que si la sociedad tiene muchos ingresos te los pueda ceder a modo de préstamo al socio para el pago de los prestamos personales, debería de realizarse junta de socios de acuerdo al art. 273 de la Ley de Sociedades de capital, en la que te abstendrías de la votación y documentar posteriormente como préstamo de la sociedad al socio.

Bueno, estas son las soluciones que te apunto, pero sin saber más de la sociedad, tipo de actividad, bienes, etc, poco más puedo decirte, salvo que puede ser un híbrido de las mismas, etc. Es conveniente estudiar bien tu caso para conseguir que la tributación entre la sociedad y el socio sea la mínima, en esta cuestión en el quehacer diario.

Un buen profesional debería de asesorarte bien es estos quehaceres. Ruego valore respuesta.

Infinitas gracias por responder. He ido a un par de asesores de mi localidad pero ninguno se "moja". Todos me responde que "cabría la posibilidad..." "tal vez..." jeje. Entiendo que no es fácil.

Mi actividad como autónomo ha sido la de gestor de apartamentos turísticos y vacacionales. Los créditos que he pedido han sido para pagar equipamiento de inmuebles, pagar obras, proveedores, etc...

Ahora con la SL continúo con la misma actividad y en dicho sentido los ingresos en julio y agosto son altos comparados con el resto del año.

La primera opción que me ofreces ya la he pensado, aunque es cierto que entonces tributaría por un sueldo muy superior de lo que realmente voy a tener además de que hay que tener en cuenta que el pago de estos créditos personales no tienen ningún tipo de bonificación tributaria verdad?

La empresa no cuenta con ningún inmueble propio, los inmuebles para la actividad son de terceros arrendadores. Buscaré más información sobre la tercera opción.

De nuevo muchas gracias por su respuesta

Un saludo

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