Consulta herencia de madre y abuelo

Mi abuelo fallece 10 días antes que mi madre y no sé cómo gestionar ambas herencias.

Mi intención es rechazar la herencia de mi madre en favor de mi padre, pero tengo hijos mayores de edad y hermanas. Mi madre tenia testamento usufructo universal y vitalicio y derecho de sustitución en caso de premoriencia a descendientes. ¿Cómo debo hacerlo para que mi herencia vaya a mi padre? Deben rechazar mis hijos mayores de edad la herencia o como no hay muerte no es necesario. ¿Se pagaría donación por rechazar en favor de mi padre?

Si rechazó la herencia de mi madre en favor de mi padre, ¿cómo debo hacer lo de mi abuelo?, ¿Hereda mi padre? ¿Qué hay que hacer primero?

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Plantea usted un caso bastante complejo en un asunto que es un microcosmos.

Dependerá de muchísimos factores, entre ellos, el contenido del testamento, la comunidad autónoma en la que se encuentre, la ubicación de los bienes, el tipo de bienes etc... Por lo que en esta situación, no lo dude, contacte con un abogado que pueda gestionarlo, porque en caso contrario esto se convertirá en un infierno burocrático para usted y puede tener graves repercusiones.

Pero vamos a suponer que todo es estándar para disiparle algunas dudas:

Si su abuelo fallece los bienes pasan a su madre, como su madre ha fallecido pasan a usted y sus hermanos como herederos legítimos. Por lo que, lo que ha heredado su madre de su abuelo se distribuye a partes iguales entre los herederos legítimos, incluyéndole a usted. Por lo que recibe 2 herencias casi a la vez.

Renuncia:

No puede renunciar en favor de otro de los herederos, y menos en su padre, que no es heredero forzoso, porque se debe de respetar la voluntad del testador, y la misma no era permitir la sustitución en favor de su marido, si no que, en caso de que uno renuncie se incrementarán proporcionalmente los bienes del resto de herederos forzosos, es decir sus hermanos e hijos de su madre.

Otro motivo por el que no puede renunciar a ninguna de las dos herencias, es porque sus hijos deben de querer renunciar también a la misma, si bien usted no quiere nada, sus hijos tienen derechos sobre esa herencia, ya que en un futuro sería suya, y no puede renunciar sin que ellos lo consientan.

Donación:

Ya que no puede renunciar en favor de su padre deberá donar los bienes a posteriori, pagando la donación, lo cual tampoco tiene mucho sentido porque cuando su padre muera los bienes volverán a usted.

En definitiva, contacte con un profesional con urgencia.

Y si mis hermanas también rechazan para que mi padre disfrute de todo, mis hijos también tienen que rechazarla o no es necesario.

En cuanto a la herencia de mi abuelo El padre de mi padre, ¿si hemos rechazado la herencia de mi madre quien hereda?

gRacias

Perdón es el padre de mi madre.

Me lo remito a lo dicho por juan Carlos Grisolía, la única manera de que su padre herede es que se acepte la herencia y se done a su padre una vez aceptada. Pueden acudir al juzgado para hacer ese tipo de repartición en un procedimiento de división de herencia. De todas maneras su padre tendrá el usufructo vitalicio de la mitad de la vivienda que sea, por lo que no tiene mucho sentido renunciar a su favor, si es solo por "el gesto", resulta más económico dejar las cosas en su estado natural. Es mejor ser prácticos.

Le insisto en que contacte con un abogado para toda la familia, porque es un tema muy complejo.

Muchas gracias por todos los detalles, una última pregunta, se puede rechazar la herencia en favor de mi padre  antes de que transcurran  6 meses del fallecimiento para que no se considere donación?

Aunque sea un día después es una donación.

¡Gracias! 

Se declara en el impuesto de sucesiones el importe total de la vivienda usufructo de mi padre o solo el 50% de mi madre? Y en resto de viviendas o deuda? Es la totalidad o solo el 50%?

Para decirlo con seguridad debería ver la documentación.

Pero, por norma general si estaban casados en gananciales será el 50% de la propiedad perteneciente a su madre. También se declara el usufructo.

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¿Su abuelo era por parte de padre o por parte de madre?

Por pArte de madre.

Lo primero, la ley impone respeto absoluto a la voluntad de su madre expresada en el testamento. Lo que está planteando es modificar muy sustancialmente lo que ella quería: que su herencia, la dejada por ella, fuese a sus descendientes, no al padre de usted. Su padre no tiene nada que ver con la herencia del abuelo, porque las herencias intestadas son sanguíneas, a salvo la cuota usufructuaria viudal. El derecho de acrecer, que es a lo que usted se refiere, engrosa la parte del heredero que acepta la herencia. Si la sucesión es testada sin (al parecer) designación de partes, y engloba la legítima, la parte renunciada por un heredero refuerza la de los demás. Por el término "descendientes" ha de entenderse los hijos del testador, no sus nietos; a no ser que sean así designados. Por lo tanto, todo parece indicar que los herederos son los solo los hijos de su difunta madre. En cuanto al abuelo, si ha muerto sin testamento, los descendientes por el mismo orden (primero hijos, y a falta de estos, los nietos) pueden aceptar directamente la herencia sin abrir capítulo sucesorio de su madre, es decir: no necesitan de una doble transmisión. Si sus hermanas están de acuerdo en transmitir todo eso a su padre, pueden hacerlo, pero jamás como derecho a acrecer, sino como donación pura y simple.

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Usted necesita ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y les ayude. Las herencias son complejas.

Los hededros de su madres son los hijos (es decir usted y sus hermanos si los tiene), aunque pueda establecerse ciertas condiciones en el testamento. Pero como norma general, no tienen mucho sentido renunciar a la herencia, pues iría a sus hijos (de usted) y no a su padre...

En cuanto el tema del abuelo, si era padre de su madre fallecida, usted (y sus hermananos) la sustituirán en la posición de heredera legal... Debiendo tramitar ambas herencias (de su abuelo y de su madre).

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