Tengo un monitorio de EOS Spain por 6800 euros. Pueden embargarme la casa por ese importe?

Tengo el coche ya pagado, ¿me lo pueden quitar? ¿Cuál es la solución? Esta empresa compra deuda y me dijeron que los pagos son larguísimos y con muchos intereses. La deuda es de Bankinter del año 1994! ¿Se puede pedir ésto 24 años después? Estoy asustado.

2 respuestas

Respuesta
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El hecho de que le hayan puesto un monitorio significa que esa deuda nunca fue reclamada antes, y por tanto ha de echar cuentas, para determinar si han pasado los 15 años en que pueda declararse la prescripción de la acción de reclamo. El día de arranque del cómputo de la prescripción es el día del fallo en el cumplimiento de la obligación, no cuando esta fue constituida. Si usted contrajo esa deuda en 1994 pero dejó de pagar los plazos en Abril de 2003, la reclamación está dentro de tiempo. Cuente por tanto 15 años desde el día en que debió pagar y no lo hizo.

Respuesta

Tienes razón para asustarte. Te aconsejo consultes con un abogado, sin perder tiempo.

Muchas gracias. Un abogado de oficio es resolutivo en estos casos?

Con probarlo no pierdes nada. Lo que no sé es si te aceptará el caso.

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