¡Como funciona la administración TRIBUTARIA!

Me han notificado una deuda pendiente del IBI DE LOS AÑOS 2007,2008,2009, Y YO COMPRE EL PISO EN EL 2014, el anterior propietario se a declarado insolvente.

El piso se lo compre a BANKIA Y EN LAS ESCRITURAS DICE QUE CUALQUIER IMPUESTO RELACIONADO CON EL IBI se hará cargo la parte vendedora conforme a los limites a que quede obligada el vendedor conforme a la ley.

Me reconfortara recibir su respuesta.

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Respuesta

Además de lo que escribe, si lo que le reclaman son años 2007 a 2009, si antes no han realizado ninguna comunicación con usted, entiendo que esta prescrito, o super-prescrito, me parece sencillamente increíble la voracidad tributaria, no solo porque efectivamente es la parte vendedora la que tiene que responder, sino porque realmente parece una deuda prescrita, en cualquier caso en este tipo de impuestos puede llegar a responder como garantía el inmueble, por lo que seria conveniente que usted se oponga por no ser el sujeto pasivo obligado al pago, además de alegar la prescripción, mientras que no está de más que lo comunique a lo ponga en conocimiento de la parte vendedora, que al fin y al cabo sería la que debería de actuar.

Salvo mejor opinión.

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