Vendo cámara por 1600€, me quiere hacer ingreso, yo prefiero en metálico, ¿Problemas con hacienda?

Estoy vendiendo una cámara de fotos y unos objetivos por 1600€, la otra persona me quiere hacer transferencia a mi cuenta, yo prefiero en metálico. ¿Qué problemas puede haber?, me refiero que puede que me exijan el IVA, o salte en la declaración de la renta y de esa manera reducir bastante el dinero que recibo. La persona quiere poner como concepto "Material fotográfico". De momento estoy a la espera de que hacer.

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Como particular no hay IVA, el comprador deberîa ingresar el ITP, que es el impuesto que grava estos supuestos, que recae sobre bienes muebles, el impuesto está cedido a las comunidades y su tipo estaría entre el 4 y 8.

Usted tiene que declarar una ganancia patrimonial si sucede, que no será el caso normal. Si la compró por 3000 y la vende por 1600, no tiene ninguna ganancia, aunque tampoco una pérdida ya que no son deducibles las perdidas debidas al consumo.

Por lo tanto yo estarîa muy tranquilo y cobrarîa por banco, no pasa nada. Es conveniente redactar un contrato indicando las partes, el objeto de la venta y el importe percibido. Este documento le servirîa al comprador para liquidar el Itp si es que quiere porque practicamente no se hace por las dificultades que tiene la AEAT de comprobar.

Salvo mejor opinión. Ruego valore respuesta.

¡Gracias! Muchísimas gracias, me quedo bastante claro... y aliviado. El hacer un contrato, yo no tendría problema, pero si pone mala cara.. No quiero perder la venta.

De nuevo muchas gracias :D

Si lo haces como hemos comentado no tienes ningún problema. El apunte de Francisco te tiene que dar toda la tranquilidad.

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Lo que dice Juan Francisco es cierto. Pero yo, como vendedor, no me preocuparía demasiado. El problema de declarar el ITP es problema del comprador. Y tu, si guardas copia del recibo o factura que le des (el ingreso en tu cuenta del banco, sirve), y conservas tu factura de compra, con lo que podrías demostrar que vendiste con pérdida, no tienes ningún problema.

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Para exgirle el IVA tendría vd que ser sujeto pasivo de IVA que me figuro no lo es. Si está vendiendo algo de su patrimonio personal tampoco se puede decir que sea una actividad económica sujeta a IRPF puesto que es ocasional.

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Creo que la otra parte lo que quiere es que quede constancia del ingreso para, en su caso, poder demostrar que ha pagado.

Si hacéis, que debéis, una factura bien detallada, seguro que se queda más tranquilo.

Pero siendo sinceros, y ahondando en lo que te dicen los compañeros, hacienda no mira eso, cuesta más el trabajo de un inspector que los 60 € que tendrías que pagar.

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