Tributa indemnización por responsabilidad patrimonial?

Hemos ganado una demanda en el tribunal contencioso administrativo a la administración por responsabilidad patrimonial referente a ayudas a la dependencia concedidas e impagadas a mi suegra que falleció entes de que se las pagasen, la demanda la han interpuesto sus herederos, mi pregunta: ¿Esta indemnización y sus intereses de demora hasta el efectivo pago, tributan como ganancia patrimonial? En caso de que no tributasen, ¿se tienen que hacer constar en la declaración de IRPF?

De ser necesario podría enviarles la sentencia del TCA

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Respuesta

No es una cuestión que le pueda resolver sin un análisis detallado. Para empezar, si la ayuda a la dependencia se concede a la persona afectada, entiendo que lo que se producirá es una donación, y por tanto se produciría una adición a la herencia ya que esto no se conocía en el momento del fallecimiento de la causante, no tendría ningún tipo de sanción, y con presentar complementaría del 650 estaría resuelto. Ustedes no pondrían nada en Renta.

La otra interpretación considerando que le pertenece a los herederos parece forzada, dado que no son los que generaron dicho derecho. Por otra parte no veo a bote pronto que pueda estar exenta en algún supuesto del artículo 7 de la ley del IRPf, y si tiene que tributar al no corresponder la ganancia patrimonial con la transmisión de ningún elemento patrimonial se iría al tipo marginal de cada heredero.

Pida consulta en su consellería de Hacienda Autónomica y aportele la sentencia para que le confirmen o desmientan mi afirmación, eso sí por favor luego me lo cuenta. Recuerde que Sucesiones es incompatiblr con Irpf, es decir que el mismo hecho imponible no puede ser gravado en los dos impuestos.. Asi pues tranquila.

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