Documentos para exportación de mercancías desde España a Marruecos

¿Qué documentos aduaneros necesito para exportar mercancías al por mayor, maquinaria de construcción, industrial, hostelera, sanitaria, mobiliario...?

¿Puedo encontrarlos a través de internet?

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Esto no quita que se asesore en los puntos que la Administración General del Estado en España dispone en todas las provincias para recibir información de primera mano y sobre una realidad más empírica:

  1. Las Direcciones Territoriales y Provinciales de Economía y Comercio constituyen la Red Territorial de la Secretaría de Estado de Comercio-ICEX.
  2. Las Cámaras de Comercio. 

http://www.comercio.gob.es/es-ES/comercio-exterior/direcciones-territoriales-provinciales/Paginas/red.aspx

Básicamente, y sabiendo que es venta de mercancías que nosotros denominamos al por mayor, hablamos de un intercambio mercantil, y por tanto también nos olvidamos el Registro de Ventas a Distancia a Minoristas de cada Comunidad Autónoma.

Marruecos aplica el Sistema Armonizado, para consultar el código arancelario en esta clasificación de las mercancías que se van a exportar. Según esta clasificación se aplican los distintos derechos e impuestos de importación en cada país o bloque.

La cadena de documentos imprescindibles para una exportación con Marruecos, con quien existe un Acuerdo Preferencial, y obligatorios en Comercio Internacional dado la tramitación aduanera que es ineludible, son los siguientes:

1.- Factura comercial, sin IVA:

A presentar en un mínimo de tres ejemplares, en árabe o francés. Sin un formato específico, debe contener las menciones habituales en este tipo de documentos. Recomendable al menos:

– Número de la factura
– Lugar y fecha de expedición
– Nombre y dirección del vendedor
– Nombre y dirección del consignatario (destinatario de la mercancía)
– Nombre y dirección del comprador, si es distinto del consignatario
– Descripción exacta de la mercancía
– Cantidad de mercancías
– Precios unitarios y totales
– Valor FOB, valoración de la mercancía hasta dejarla cargada en el medio de transporte principal entre países (aduanas) con todos los costes. Será la base imponible para el cálculo de aranceles.
– Marcas y números
– Número y tipo de los bultos
– Peso bruto y neto

– Condiciones de entrega (INCOTERM)
– Condiciones de pago
– País de origen de la mercancía
– Información de transporte

2.- Packing list:

De elaboración propia por parte del exportador.

Es el documento que acompaña a la expedición de mercancía describiendo el contenido del envío con el detalle que el exportador considere oportuno, principalmente a efectos del comprador y de las aduanas de entrada en el país de destino. Una relación de contenido detallada, suele ser mejor vista por las aduanas que una genérica. Con carácter general, es recomendable que esté redactada en el mismo idioma que la factura y se emita en el mismo número de ejemplares que ésta.

3.- Certificado de origen EUR-1:

Es un documento justificativo del origen preferencial otorgado por la Unión Europea con aquellos países con los cuales mantiene un Acuerdo Preferencial.

Este es el documento que hay que presentar para que las mercancías puedan beneficiarse de la reducción arancelaria que implica el acuerdo con un régimen de aranceles más favorable.

También es válido el certificado de origen EUR-MED dado que Marruecos también pertenece al grupo de países que han firmado con la UE el acuerdo Pan-Euro-Mediterráneo.

Las variantes que existen entre ambas para las mercancías a exportar, decantarán la elección de uno u otro.

¿Cuándo se presenta?

La emisión de este certificado se realiza en el momento de exportación de las mercancías, y es emitido por las autoridades aduaneras de uno de los estados miembros de la Unión Europea. El EUR-1 debe presentarse acompañando al DUA de exportación, y debe estar validado por la aduana de salida.

4.- DUA - Documento Único Administrativo para la exportación.

Es posible realizarlo de forma telemática. Lo más habitual es que se encargue de realizarlo el operador de transporte o logístico, quien sea, o contrate a su vez a, un Agente de Aduanas, trabajando independientemente o en coordinación.

5.- Declaración Única de Mercancía (D.U.M.)

Es un formulario que hay que enviar a la aduana marroquí relacionado con la naturaleza de los productos, que ha de presentarse en la aduana en un plazo de 60 días desde que se inició el procedimiento aduanero en Marruecos.

6.- Los contratos de transporte en cada modo de transporte por el transite la mercancía: documentos de control, cartas de porte, albaranes de transporte o conocimientos de embarque que serán expedidos por los porteadores-transportistas.

No son necesarios para el trámite aduanero, pero sí para el resto de operaciones dentro y fuera de la terminal. En caso de inspecciones o conflictos jurídicos deben haberse creado en el supuesto hecho de ser requeridos por alguna autoridad: portuaria, aduanera, etc...

6.- En el caso de suscribir un Seguro de Mercancías o de Transporte, aunque el Incoterms pactado no lo obligue, sino que sea un requerimiento para realizar la operación comercial, será decisión libre del contratante buscar la suscripción que más le interese y la entidad asegurada que mejor servicio y coste le presente, sin embargo, con la mayoría de países árabes existe cierto incitamiento hacia la contratación con entidades del país de destino.

7.- Certificados relativos a la calidad y seguridad industrial de la mercancía exportada, puesto que al igual que en la UE, en las aduanas de entrada, se revisa con controles de calidad aleatorios y de oficio.

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