¿ Pueden denegarme excedencia por promoción profesional?

Acabo de pedir una excedencia especial por promoción profesional según el derecho que me concede el artículo 22 del convenio de Hostelería de las Islas Baleares. Se la he entregado en mano al director que se ha negado a firmarla y a sellarla, diciendo que si es por él, no se me va a conceder.

Las condiciones para poder pedirla, según el convenio, son llevar tres años mínimo trabajando para la empresa. Mis dudas vienen porque la empresa que es una cadena hotelera, llamada X, tiene como subempresas que son los hoteles que gestiona ( fulanito SL, Fulanita SA...).

Yo empecé trabajando en uno de los hoteles y lo hice por cinco meses. Tras un mes en el paro me llamaron para trabajar en otro hotel de la cadena y lo hice durante aproximadamente un año y medio, mandándome dos veces al paro un mes( mis vacaciones) para ellos luego recogerme del paro y tener la indemnización correspondiente. Y desde Abril del 2015 estoy fija oficialmente en otro hotel de la cadena pero sigo en el mismo hotel anterior; es decir, sobre contrato y nómina trabajo en un hotel y realmente estoy trabajando en otro.

En CCOO me dijeron que aunque lleve solo dos años fija, la antigüedad computa desde el primer día que he trabajado en esta cadena hotelera, independientemente de que haya estado en diferentes hoteles y haya tenido contratos temporales y ahora contrato fijo.

El director, al entregarle la solicitud de excedencia me ha dicho que eso no es así, que mi antigüedad es desde que me hicieron fija y que si quieren pueden denegarme la excedencia o ajustarla a su conveniencia ( por ejemplo, concedérmela el tiempo que ellos quieran, sea un mes solo o sea un año, decidiendo ellos cuándo empieza y cuando acaba...). Y que la empresa no es la cadena hotelera X sino el hotel Fulanito de tal, por lo que la excedencia no estaba bien redactada ( En CCOO me dijeron que debía dirigirla a la cadena hotelera, al haber trabajado en varios hoteles).

Tenía entendido que no tenía por qué dar los motivos pero el director me ha dicho que era obligatorio decírselo porque así ellos decidían si me la concedían o no, porque esto era un favor que yo estaba pidiendo ( Yo pensaba que era mi derecho). Los motivos que le he dado de palabra han sido para dedicarme, si me surge la oportunidad, a mi profesión, que nada tiene que ver con hostelería y que aparte de eso tengo un familiar mayor al que tendré que cuidar y que me siento sobrepasada y cansada en este trabajo.

Este tipo de excedencia se puede pedir para un máximo de dos años. Yo la he pedido para uno con posibilidad de prórroga.

¿Realmente pueden denegármela? Yo les he dado el plazo de un mes que es lo establecido en el convenio. ¿Realmente pueden escoger ellos cuando empieza mi excedencia y/o por cuánto tiempo?

¿Tiene validez cuando el director se ha negado a firmarme la petición de excedencia? La he entregado hoy diciendo que mi excedencia empezaría el día dos de Septiembre. Si se ha negado a firmarme y a sellarme,¿Esta fecha ya no tiene validez y deberé redactar otro formulario?

Si pueden darme un poco de luz en el asunto les estaría agradecida.

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