¿Hay posibilidad de reclamar permanencia por formación, si no ha sido completada al 100℅ ?

En un contrato con cláusula por permanecía por formación con el texto "se compromete a permanecer en la misma 1 año finalizada la formación (6 meses)" pero la formación está compuesta de varios cursos sueltos, y falta tiempo aún para finalizarla. Si se abandona la empresa en este momento, ¿tienen derecho a la penalización que estipulan aunque se recibiera alguno de los cursos?

Pregunto concretamente por la interpretación de "formación completa" y por delimitar el inicio en 6 meses concretamente que no se cumplirían. Convenio consultoras

Respuesta
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Entiendo que si no ha finalizado la formación la clausula es incompleta, pero la empresa podria reclamar el coste que le ha supuesto hasta la fecha de tu dimisión la formación realizada. La situación quedara a la decisión de un juez en caso de que la empresa te demande por incumplimiento contractual, y dependiendo el perjuicio económico que le suponga (si te vas a una empresa de la competencia con conocimientos que ellos han sufragado)

Gracias Juan por su respuesta, pero si me reclamasen como dice por el coste supuesto hasta ese momento, sería por algo que no he firmado, ya que lo que he firmado implica un conjunto completo de formación explícitamente indicado, y con una fecha de inicio de permanencia (que no ha empezado)  y fecha fin, vinculado a completarlo todo que no se darán en ningún caso.

Por tanto, ¿el juez interpretaría lo firmado, o el espíritu de lo firmado? (Entiéndaseme el símil por favor).

Las resoluciones judiciales se basan en pruebas firmes de los hechos enjuiciados. Si la empresa puede probar que ha realizado la formación, que has adquirido conocimientos relevantes para la ejecución de tareas y los trasladas a la competencia, y lo mas importante, si te ha retribuido en base a la clausula de permanencia, entiendo que tendría capacidad para reclamar los daños ocasionados. Pero este caso donde en principio no has llegado a completar la formación, veo muy complicado que la empresa pueda probar lo contrario.

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