¿Es legal un "seguro de flota" para un coche particular, no de empresa, junto con otros particulares desconocidos? ¿Aconsejable?

Una correduría de seguros me ha ofrecido la posibilidad de adquirir lo que ellos llaman "seguro de flota" que tiene una cuota significativamente más barata que la ordinaria con la misma compañía aseguradora. Terceras personas me han advertido de que la cobertura no es la misma en términos de compesaciones económicas, asistencia en viaje, etc (como es lógico, por otra parte). Pero me asalta la duda de si es normal o incluso legal, ya que por lo que leo por ahí los seguros de flota son normalmente contratados por una empresa para su conjunto de vehículos de empresa. Según la explicación que he recibido, la correduría ha negociado esa "flota" con una aseguradora (conocida y no de reputación especialmente mala) y ésta engloba a un conjunto de clientes con sus coches particulares. ¿Es esto legítimo y cuáles son las posibles desventajas, más allá de las coberturas más limitadas?

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Es una practica habitual, se llama flota abierta y si se hiciera bien estaría enfocada a un tipo de público especifico, ejemplo: Asociados Federación de Golf. Lo que suele pasar es que después se mete todo tipo de publico.

En lo que te refieres de garantías, normalmente al negociar una flota se suele diseñar una póliza con menos garantías ya que se consigue con eso que baje la prima y sea mas competiviva la misma.

Si la flota es abierta no tienes ningún problema en contratarla, lo que si te aconsejo es que te leas las condiciones que da la póliza al pertenecer a la flota.

Si tienes alguna duda mas me lo dices.

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Es habitual que las corredurias tengan este tipo de "flotas" para incluir riesgos (clientes) que por el motivo que sea no pueden asegurar como particulares o no pueden ofrecerles un precio competitivo. Por ejemplo, un menor, alguien con siniestralidad elevada como particular o alguien que no ha estado nunca asegurado y no tiene bonificación.

La principal pega que le veo seria que tengas una buena bonificación y puedas perderla, ya que en este tipo de "colectivos" se suele incluir clientes con siniestralidad y si a posteriori quisieras cambiar de compañía la bonificación que tendrías seria la del colectivo.

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Cristina y compañeros.

Creo que sería interesante aclarar algo sobre las flotas.

En tu caso, parece que te están ofreciendo una póliza colectiva abierta.

Este tipo de seguro no debe suponerte problema alguno legal.

Si es cierto que aquí el precio de renovación esta sometido a la siniestralidad del colectivo.

Este tipo de seguro es diferente al seguro de flota para una empresa, la cual asegura todos sus vehículos dentro de la misma y no tiene cabida vehículos de terceros. (Normas de suscripción de las compañías).

El otro tipo de seguro de flota que hay es el destinado a compraventas profesionales y en el que se está dando todo tipo de malas prácticas. Es posible que hayas oído seguros quitamultas, que no cubren accidentes, que solo están cubiertos los empleados, etc.

Son tres cosas distintas. Si te han ofrecido lo primero revisa garantías pero en principio... adelante.

;)

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Puede valer si el coche es de Renting, si es propiedad suya, no es aconsejable por la posibilidad de rehúse en algún tipo de siniestro.

Insisto: somos tomadores de seguro particulares, para un coche que usamos para ocio fines de semana y vacaciones. ¿No es esto común? ¿Si es posible en qué se fundamentaría ese potencial "rehúse en algún tipo de siniestro"?

El propietario es el responsable civil subsidiario y si tiene algún siniestro y exista alguna ocultación de datos, puede ser rehusable.

Estas circunstancias tan complejas, deben establecerse por escrito en las Condiciones Particulares de la Póliza donde debe figurar la matricula y conductor habitual.

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