Queremos prescindir.del administrador por su mala gestión, no tenemos contrato con él

No tenemos ningún tipo de contrato con el, pero nos dice que deberemos abonarle los meses que quedan hasta el 31.12, que es cuándo él dice que se termina el. Supuesto contrato anual, a pesar de que en un principio dijo que el contrato era de junta a junta, y nosotros las hacemos en febrero, no me cuadran fechas igual que no cuadran las. Cuentas de la comunidad. Nos ha avisado que no podemos rescindir el contrato con el, que queda automáticamente renovado en junta, ¿aunque no se haya hablado y por supuesto no aparezca en acta su renovacion... Que podemos hacer?

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Si no tienen contrato, es difícil saber a qué atenerse. De todos modos, lo normal es que sea anual, con renovación. ¿Saben al menos cuándo lo contrataron?

No lo se, yo hace cinco años que compré el piso, pero por lo que me han.dicho los vecinos llevan desde que decidieron dejar de llevarla ellos, unos 15-20 años fácil. He bajado a todas las juntas y en.ninguna.nunca se ha hablado de renovar cargos de administradores, este año soy yo la presidenta y junto.con la vice al repasar cuentas y demás hemos visto.facturas que no sabemos de donde salen, la empresa de limpieza sin cobrar desde hace 3 años, ahora reclaman y encima se les paga mas dinero del.debido, todo eso se supone que tienen que revisarlo.ellos y no lo hacen, cuotas de comunidad aisladas de hace 10 años que no se han.pagado....no podemos seguir así porque juegan con nuestro dinero y tampoco me.parece justo pagar una indemnización por incumplir un contrato que no.existe

Por supuesto, todo lo que comenta es inadmisible. Pero también es incomprensible que lleven, al parecer, 15-20 años con ellos. Es fácil de imaginar que, si no son competentes actualmente, no lo hayan sido nunca. Lo que comenta de la renovación tácita en las Juntas Ordinarias tampoco es tan extraño. Si ustedes quieren cambiar, pueden hacerlo. Dicen ustedes que no tienen contrato, pero, ¿están seguros de ello? ¿Podría ser que existiera y que lo hubieran traspapelado? Podrían solicitar la copia del Administrador (debería estar firmada por quien fuera el Presidente en aquellas fechas. Si no existe, nada les impediría prescindir de sus servicios sin más. Si existe y es anual, deberían esperar a la próxima finalización o se arriesgan a que se les exija el pago hasta esa fecha.

El propio administrador es el.que me.ha dicho que NO EXISTE CONTRATO, además lo tengo por escrito en un email y después de celebrar la junta hablarlo los vecinos y decidirlo se lo comunicamos y esto es lo que me. Dijo, con palabras textuales: "Por otro lado, informarte que si rescindís el contrato con nosotros a fecha 31 de mayo, deberéis abonarnos los meses correspondientes hasta el cierre contable, que es el 31/12/2017. Por que como el colegio de administradores marca, la renovación de cargos se realiza en junta ordinaria por un año, incluso cuando no existe contrato firmado. El acta de la última junta ordinaria legitima en el cargo por un año, si no se especifica lo contrario."

Y si es inconcebible que lleven 20 años así, creo que como.es un bloque muy antiguo donde. Sólo hay alquileres, los propietarios ya no viven ninguno.Aquí y se han desentendido, de hecho las juntas desde que yo vivo aquí se celebran con. 4 personas

Gracias por las aclaraciones

Estoy de acuerdo con lo que dice el Administrador en cuanto a que los cargos son anuales y que se renuevan en la Junta Anual Ordinaria. Y no porque lo diga el Colegio de Administradores, sino porque lo dice la propia Ley de Propiedad Horizontal.

Pero, no existiendo contrato firmado que especifique las condiciones para una posible rescisión, no me atrevo a afirmar que, si ustedes deciden prescindir de su Administrador, esto conlleve necesariamente una obligación al pago de los honorarios anuales. Personalmente, opino que los honorarios se devengan mensualmente. Por tanto, si despiden ahora al Administrador, deberán pagarle el mes de Mayo y nada más. Diferente sería que existiera una cláusula contractual que especificara otra cosa.

Insisto, no obstante, en que se trata de mi opinión personal.

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