Asesorar sobre venta de piso

Tengo una discapacidad reconocida del 65% cobrando una pensión de orfandad con carácter vitalicio. Heredé hace 6 años el 50% de mi piso, el otro 50% es de mi hermana. Mi madre no dejó testamento, y mi padre tampoco dejó testamento. Mi hermana vive en su casa, y yo vivo en la casa heredada, y me encargo de todos los gastos, incluido el IBI. Siendo el titular primero de la vivienda. Mi hermana quiere que vendamos el piso, y ella presiona. Yo tengo dudas si me conviene. Mi pregunta es la siguiente. ¿Mi hermana puede obligarme a vender el piso, puede llevarlo a juicio? ¿Si vendo el piso, me quitan la pensión de orfandad?

2 respuestas

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Por la venta del piso no pierde ud la pensión de orfandad vitalicia. Infórmese de cualquier otro motivo que pueda o deba de comunicar... como puede ser el cambio de domicilio si venden.. etc.

Yo entiendo que no hay primer o segundo titular, sino titularidad a medias e iguales partes. Son hijos iguales percibiendo una herencia. Por otro lado, el que ud habite en la vivienda no le hace en derecho el disfrute o propiedad del total.

En lo principal...y esperando que alguien mas puesto lo asegure, SI puede instarle a vender el piso. A mi juicio, uds forman una "especie de sociedad " de donde si ella quiere no pertenecer se podrá salir. Si llegan a un acuerdo podrán fijar el precio de venta, pero si no llegan, esta podrá interponer una demanda judicial de venta de su parte para extinguir el condominio y finalizar la titularidad a medias... y ello forzará a la venta e incluso en situación economicamente peor.

Le paso un link orientativo.

https://www.legalitas.com/actualidad/puedo-vender-mi-parte-de-la-vivienda-si-mi-hermano-no-quiere 

Suerte.. y aunque debe igualmente de asesorarse, por todo lo leído la frase de mas vale un mal acuerdo que un buen juicio puede ser verdad. Intenten llegar a un acuerdo antes de forzar la máquinaria.

Un saludo.

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La respuesta que le han dado es correcta. Su hermana y usted son propietarias exactamente igual, cada una al 50%. Que usted pague el IBI y ella no, no tiene nada que ver. Usted le hubiera podido exigir la mitad de los gastos, pero entonces ella le podría exigir la mitad de los beneficios y no cabe duda que vivir allí es un beneficio que disfruta solo usted.

Su hermana y usted debe ponerse de acuerdo. Ella no está obligada a compartir la propiedad y tiene derecho a exigir su parte. Como el bien es indivisible para dividirlo hay que venderlo y repartir el dinero, teniendo en cuenta que si usted o su hermana igualan el precio, tienen derecho de adquisición preferente. Usted puede adquirir la parte de su hermana si la puede pagar. Si no se ponen de acuerdo y tienen que acudir a la justicia, debe saber que la ley dispone que se venda en pública subasta y se reparta el dinero.

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