¿Si no soy propietario puedo reclamar que se ponga una rampa en la piscina comunitaria?

Hay un vecino cuyo apto esta a nombre de su hijo. Este señor, tiene una minusvalía y nos reclama una rampa para poder acceder a la piscina comunitaria. ¿Pueden decirme como presidente de la comunidad como debo de actuar?

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En principio, quien debe solicitarlo es el propietario. Pero si no le damos importancia a ese detalle, usted lo que debe hacer es tratar el asunto en la próxima reunión (ya sea ordinaria o extraordinaria, convocada expresamente).

Si en la reunión se aprueba por mayoría, se realiza la obra y se asume el gasto entre todos.

Si no se aprueba, estos vecinos pueden exigir que se realice y, en ese caso, el coste se reparte entre todos si anualmente no supone más del equivalente a 12 mensualidades. Si supera, el exceso lo asumen los vecinos que piden la rampa, si quieren seguir adelante.

¿Se puede a este vecino ofrecer otra solución para que pueda acceder a la piscina que no sea una rampa aunque el prefiera este método? O debemos de poner lo que el desea.

Mientras la solución sea efectiva, pueden hacer lo que prefieran ustedes. No se les puede obligar a aplicar la solución que quiera imponer este vecino.

La ley obliga a realizar las obras y ajustes RAZONABLES de accesibilidad para salvar las barreras arquitectónicas.

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