Cobro Fogasa posterior devolución cliente

Me podrían ayudar para hacer un asiento contable con los siguientes datos: Una asesoría cobra en su cuenta corriente el importe de 2000 euros por parte del fogasa (fondo garantía salarial) de un cliente con posterioridad devolución a dicho cliente el importe de los 2000 euros. A parte de utilizar la cuenta 572 de banco no se cual tendría que poner para el cobro y la devolución al cliente. ¿Mismo caso si fuera un juicio?

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No entiendo muy bien como fogasa puede pagar a una cuenta que no es la del trabajador. Ni tampoco porque la asesoría entra por el medio de esa operativa. Si la asesoría hace de intermediario y el dinero entra en su cuenta, deberá obtener una factura de gastos suplidos de su cliente, pero si este es particular ya tiene un problema. No obstante está asesoría, debería formarse un poco más en fiscalidad, para no crearse problemas a sí misma y a sus clientes. En una posible inspección, pintaría muy mal, que en las cuentas de ella, entrará dinero de los derechos adquiridos de trabajadores. No se realmente porque entra ese dinero ahí, si pudieras explicármelo mejor intentaría ayudarte.

El cliente hace un poder para que cobren en nombre de el. El fogasa o el juzgado ingresa en la cuenta de la asesoría o del abogado el importe y éste luego se lo abona al cliente integro o descontando los honorarios profesionales según procesa

Deberá hacer una factura por sus servicios e incluir en la misma un abono ( resta) de los gastos suplidos. La factura se contabiliza por el importe sujeto a iva y el resto se deja en la cuenta del cliente y sale contra bancos.

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