Deudas con hacienda y seguridad social

El hermano de mi pareja tenía una empresa de transporte que durante la crisis se fue a quiebra.

Su hermano lo puso como titular de varios camiones y ahora han empezado a llegar notificaciones de Hacienda y seguridad social por impagos, multas... Toda la deuda asciende a 32.000 euros.

Quisiera saber si hay alguna manera legal de poner esa deuda a nombre de esa persona, ceder la deuda o a través de un contrato notarial, el no se niega a pagar lo que le están embargando a mi pareja de su nómina actual, pero quisiera saber si hay forma de que quede constancia legal que la deuda es de este señor aunq la pague mi pareja porque figura a su nombre.

2 respuestas

Respuesta

Créame que si bien no estoy muy al día con esto... y me "empuja" un letrado/economista,tan solo le aplico el sentido común a juicio mio.

En principio supongo que el hermano de su pareja debió formar una sociedad con el, pues puso a su nombre los camiones. Para poner o transferir los vehículos a nombre de su pareja, esta paga,"o por el su hermano", el impuesto de transmisiones de vehículos como comprador y además las tasas de transferencia firmadas como comprador sin que nadie le obligue... y no quisiera pensar en los pagos de las Tarjetas de Transporte. Como tal y en principio el echarse ahora para atrás, el decir compré camiones por hacer un favor... como que no se aceptaría porque aún siendo verdad... sigue siendo el legal titular. ¿Por qué siendo así iban a buscar a otro?.

Obviamente el haber resultado mal el negocio hace que a cada responsable y en el puesto que ocupen les hagan responsables al pago y por ende a su pareja.

No creo que puedan intentar poner como único responsable a su "cuñado" cuando ya la administración está embargando a su pareja y tampoco embargar a su pareja cuando se reconoce como deudor a su cuñado..., aunque luego este se las pague .., y es porque así constaba desde un principio.

Quizás pudieran darle otro enfoque si esto lo consultan o con un muy buen especialista o directamente con Seguridad Social y Ag. Tributaria.

Esto si tiene "miga". Quizás puedan conseguir aplazamientos y facilidades..., pero cambiar ahora de responsable solo para que en su tranquilidad conste... y siga pagando su pareja y por ella su cuñado... Difícil lo veo.

Suerte y un cordial saludo.

.

.

Mi pareja únicamente trabajaba como transportista para la empresa de su hermano

Este le pidió si podía poner a su nombre varios camiones por un tema legal y mi pareja que era un chaval de 20 años acepto por desconocimiento

Cuando la empresa fue a quiebra su hermano  zanjó su deuda dando su casa como daccion en pago y mi pareja se fue a trabajar a otra empresa

Al cabo de un tiempo es cuando han comenzado a pasar los embargos y su hermano le dIce que no se puede hacer nada

Me gustaría arreglarlo legalmente no por mi tranquilidad sino porque mi pareja no puede tener nada a su nombre y ahora tenemos una hija que puede verse afectada por una deuda de su padre que en realidad no es ni suya

gracias

Generalmente un camionero no tiene culpa del funcionamiento de la empresa, ni de si funciona mejor o peor.. o tiene débitos con organismos del estado.

De lo que expone, a mi juicio supongo que la administración ya pudiera saber que los camiones eran en un principio de su cuñado y tras indagar pueden descubrir que para evadir el pago o parte del pago, traspasara los vehículos a nombre de su pareja. Ahora son muchos los sistemas de la administración que cruzan datos. Si el débito de su cuñado fuera superior a la dación de su casa en pago, faltaría lo que quizás ellos estimaran que ahora y sin función pertenecen a su hermano para quitarlo de propiedad a su cuñado. Como lo mas cómodo para la administración es sacudir las cuentas bancarias..., los camiones pueden quedar parados y su cuenta bailando.

Le pregunto: Cuando su pareja está embargada..., independientemente de la historia de poner los camiones a su nombre..."le habrán informado del motivo, no ??? ". ¿Era quizás autónomo en la empresa y no pagó a la seguridad social? Son camiones para servicio público,(¿qué por ello cuestan mucho menos) y le solicitan devolución de impuestos de los mismos por algún motivo?. Vamos, será injusto que les embarguen..., ¿pero les habrán explicado el motivo no?.

Lo vemos como una deuda que no era suya... pero está pagando ... ¿por qué motivo concreto?

Un cordial saludo

.

.

Respuesta

El deudor no puede unilateralmente "ceder" su deuda a otra persona, en todo caso podrá obtener de esa otra persona un reconocimiento escrito de que e el aluténtico deudor y con ese documento dirigirse al acredor para que reclame directamente a quien en verdad corresponde pagar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas