¿Si se solicita un deslinde ante el juzgado este delimita la finca?

Antes de nada agradeceros vuestro tiempo, resulta que hace unos años solicitemos un deslinde con reivindicatoria en una rustica en un pueblo de Córdoba solo por un lado de la misma, tenemos problemas con solo con un lindero. Ahora bien, este procedimiento no me lo aceptaron por falta de pruebas, mi pregunta es ¿puedo solicitar simplemente un deslinde?, si la respuesta es si ¿la linde queda marcada si o si por el juez?. Ya lo que quiero es que se marque la linde, me da igual por donde pero que alguien la marque y termine ya nuestro problema. Mi vecino no deja de fastidiarme en el terreno en conflicto y ya no puedo mas.

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Lo primero que tienes que diferenciar es si hay o no dudas respecto a los lindes. Puesto que si están bien definidos pero no se respetan la acción más apropiada seria una acción reivindicatoria o declarativa, puesto que el juzgado competente denegaría la acción de deslinde del 384 del Código Civil. Si hay confusión de linderos por ser desconocidos o inciertos y eres propietario o tienes un derecho real sobre la finca puedes iniciar un procedimiento verbal u ordinario en función de que el valor de la finca sea igual o superior a 6000 euros para lo cual necesitas abogado. Existe la posibilidad de solucionar estos supuestos a través de un procedimiento registral (199 Ley Hipotecaria) si la finca esta inscrita o un expediente de jurisdicción voluntaria sino se encuentra registrada (104 Ley de Jurisdicción Voluntaria), los cuales pueden resultar más económicos pero que no son recomendables si no hay posibilidad de llegar a un acuerdo con los predios colindantes.

Pero para todo ello necesitas tener un titulo o algo que avale tus pretensiones, puesto que en caso contrario no te admitirán. Para más información puedes escribir un email [email protected]

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Dado a que es un problema que recae en uno de los linderos, el procedimiento es que dicho replanteo sea ejecutado por un agrimensor designado por un tribunal y estén las partes afectadas e interesada presentes, y se debe dejar en sitio testigo del trabajo que se realiza.

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