Cuando entrar en un almacen-trastero, adquirido en subasta?

Tengo junto a mi local un almacen-trastero que adquirí en una subasta hace ya 2 meses, y no se que debo hacer, el antiguo dueño tiene trastos dentro, y a mí me urge hacer uso de él, he hablado con 2 abogados, y unos me han dicho que no abra, y otros que rompa la cerradura que eso es mio. Y así han pasado ya 2 meses, y a mi me da miedo hacerlo mal y que me pase algo. ¿Qué debo hacer ahora?

¿Puedo llamar a un cerrajero y abrir yo la puerta y cambiar la cerradura?

¿O tendría que estar con un notario y levantar acta de lo que hay dentro?

Unos me dicen que eso no hace falta y otros que si.

¿Se considera abandonado lo que hay dentro?

Necesito ayuda porfaaaaa. Me voy a volver loca...

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Si la subasta ha sido judicial, ha de pedir al mismo juzgado dos cosas: un auto de adjudicación (para inscribir su nueva propiedad) y una fecha y hora para la toma de posesión. Una vez que le den ambas cosas, persónese con su orden judicial en el trastero. Todo lo que hay dentro se considera basura y como tal puede tirarla, o quedarse con lo que mejor le parezca. Sin orden judicial, ni se le ocurra entrar.

Ha sido subasta de la seguridad social

la subasta ha sido mediante la seguridad social y no tengo lo de la fecha y hora para la toma de posesión, pero sí la adjudicación.

Efectivamente, si es cosa de la seguridad social no pueden darle la posesión del trastero. Ha de ir necesariamente a un juzgado a solicitar la ejecución de la resolución de transmisión de la propiedad, porque usted se encuentra con un problema desdoblado en cuanto al local: por un lado tiene la propiedad, pero por otro lado esa propiedad no se corresponde con la posesión. Para que ambas coincidan, ha de ir al Juez. Si no tiene sospechas de que el antiguo propietario vaya a plantearle problemas, entre sin más. Si avizora alguna complicación, pida ayuda al juzgado.

Si, me han advertido vecinas, que quiere ir por las malas, y yo no le he echo nada, sino la compro me la cierran, y tengo 3 trabajadoras y eso no lo voy a consentir, así que me ví obligada a comprarla por su culpa de no pagar facturas, cuando yo le pagaba siempre a tiempo mi alquiler, el caso es que está cabreado y sé que quiere hacer algo, por eso mi miedo, y estoy sola en esto, así que prefiero ir al juzgado y pedir la ejecución, acabo de venir de ver un notario, y de todos modos creo que voy a abrir con él delante, por si aparece o hay problemas, muchas gracias por contestar tan rápido, a ver si lo soluciono pronto, que no duermo. Gracias, te sigo

No estará sola. Para una mujer arrojada y valiente como usted esto no es un problema.

Buenas tardes otra vez, he ido a la seguridad social a preguntar a que juzgado tengo que ir para solicitar lo de la toma de posesión, y me han dicho que no tienen idea, he ido a un juzgado por aquí cerca, y me han dicho que ellos son de lo penal, y que no tienen ni idea, así que me podrías hacer un último favor (o penúltimo) de decirme en que juzgado tendría que solicitarlo? Te agradezco toda la información recibida, cada día me gusta más este portal, que de verdad hay muy buena gente ofreciendo sus conocimientos sin pedir nada a cambio. 

Juzgado de Primera Instancia que por turno corresponda, del Partido Judicial al que pertenece la finca. Para saber qué juzgados son esos, hay que mirar la Cartografía de los Partidos Judiciales de España, que está en una cómoda y muy gráfica página del Ministerio de Justicia. En cuanto a la clase de juicio, se trata de una ejecución de título extrajudicial o bien un juicio de desahucio por precario contra el antiguo propietario.

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