Realmente es lo mismo firmar capitulaciones matrimoniales antes o después de la boda?

Hace unos 5 años firme una hipoteca a mi nombre y como avalistas mis padres. Meses después conocí a mi actual pareja con la que me caso el próximo 4 de junio. Estamos de acuerdo en casarnos en separación de bienes, el objetivo es que, por motivos de l vida, yo no pudiera hacer frente al pago de la hipoteca el banco me embargara a mi, pero no los vienes demo mujer.

Puesbsien, después de visitar el notario no ha querido preparar las capitulaciones alegando que las podíamos hacer después de la boda y que incluso no saldría un poco mas barato .

Entiendo que de esta forma, ¿la boda se celebrara en gananciales hasta que una semana después podamos acercarnos al notario para hacer la separación de bienes?

De esta forma, mi pregunta es si debido a hacer estas capitulaciones a posterioridad, el banco podría exigir a mi mujer responsabilidad por la deuda contraída por mi.

En definitiva, si es cierto o no que puedo hacerlas después de la boda en las mismas condiciones que si las hago antes.

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Vaya a un notario normal con su futura esposa, 60 euros y un bolígrafo. Firmen las capitulaciones matrimoniales expresando que su futuro matrimonio se regirá bajo separación absoluta de bienes. Disponen de 6 meses tras la firma, que es el plazo de vigencia de las escrituras, para contraer matrimonio. Como es el próximo día 4, pueden inscribir las capitulaciones el mismo día en que se inscriba el matrimonio. Que sean felices y que coman perdices.

Buenas tardes, eso mismo hemos hecho, y el notario no ha querido, alegando que lo hiciéramos después de la boda que era lo mismo.

Mi pregunta es si a todos los efectos es lo mismo? Ome voy a otro notario y las hago ya.

Muchas gracias

Usted no tiene que entrar en polémicas con ese notario, que lo único que le ha dicho son tonterías. Vaya a otro.

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