Escritura errónea respecto al Régimen de los Conyúges

Necesito ayuda urgente si es factible enmendar el craso error que figura en una escritura de compraventa de un bien inmueble. Me explico:
Hace cinco años mi marido y quien suscribe adquirimos un inmueble destinado a ser el domicilio conyugal y familiar, y en estos momentos estoy en trámites de divorcio, y desde entonces es la primera vez que veo la Escritura de compraventa desde el día en que se firmó como indico hace 5 años. A la vista de la misma, reza textualmente que la vivienda la adquieren los cónyuges en RÉGIMEN DE GANANCIALES, cuando la realidad es que en ese momento y en la actualidad estamos casados en RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES. Y mi pregunta es ¿cómo se podría solventar esta irregularidad antes de que se haga efectivo y sea firme la sentencia de divorcio?.
La vista del Juicio Oral de demanda de Divorcio tendrá lugar el próximo 3 de Marzo, por lo que agradecería cualquier opinión o sugerencia al respecto a la mayor brevedad posible.
El grado de preocupación que me embarga me genera un estado de ansiedad permanente.

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Respuesta
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Es tan evidente el error cometido en esa escritura que aún en caso de no rectificarla, en el momento en que se lleve a efecto la liquidación del régimen económico matrimonial esta mención no debería complicar el reparto de los bienes, si están en régimen de separación de bienes esa vivienda no puede adquirirse para la sociedad de gananciales pues no existe
De todas formas, acuda con esa escritura al notario acompañando la documentación que acredite el régimen económico matrimonial y solicite que se rectifique ese error cometido en la escritura
Después deberá solicitar lo mismo en el registro de la propiedad
Hola, buenos días ¡
En primer lugar, gracias por su atenta, pronta y solícita respuesta . Solo me resta preguntarle ¿Dado qué estoy inmersa en plena vorágine del proceso de divorcio, puedo solicitar esta petición al Notario pertinente, sin consensuarlo con la parte contraria? Porque tratándose de un divorcio contencioso es obvio que no existe ningún tipo de comunicación entre ambos. De ahí mi duda, ¿Puedo hacerlo de motus propio?
Una vez más le reitero mi agradecimiento por su inestimable ayuda
Saludos Cordiales
Si, acreditando su régimen económico matrimonial al notario no debe ponerle reparos
Hola ¡ Gracias una vez más por su atenta respuesta.
La única forma que tengo para acreditar ante el Notario el Régimen matrimonial, es la copia literal del certificado de matrimonio, en donde figura una inscripción de la separación que tuvo lugar en el año 1997, y conforme a lo dispuesto en el artículo 1443 y 1444 del CC, que refleja que tras la separación legal, auanque el matrimonio subsiste, no rige entre los esposos ningún régimen económico matrimonial. Y en caso de reconciliación de los cónyuges ( Que ha sido mi caso ), se mantendrá la Separación de bienes, aunque no se hayan hecho capitulaciones matrimoniales, y como es este tiempo no se pactado un régimen económico distinto, prevalece de acuerdo el CC el de Separación de Bienes, por lo que lo único que puedo aportar es ese Certificado de matrimonio, presupongo que será suficiente .
Saludos Cordiales
El problema que puede haber en su caso, lo desconozco, es que no se liquidará la sociedad de gananciales
Ello no obstante puede intentarlo con ese documento pues esa vivienda es posterior a dicha separación

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