Ingresos no salariales en pensionistas y desempleados

Formo parte de una Federación Deportiva. Esta tiene su junta directiva compuesta en su mayoría por jubilados, algunos desempleados y personal en activo con trabajos por cuenta ajena o propia y aparte tiene sus empleados.

Los directivos tienen una asignación por los gastos que le suponen la labor que realizan que básicamente es representativa y de decisión, decisiones que pasan a los empleados para que desarrollen el trabajo de la Federación. Estos importes en escasas ocasiones superan los 500€ mensuales. Con los directivos en activo, en principio, con su declaración en renta de estos importes no tienen problemas, pero ¿puede un jubilado o un desempleado percibir estas cantidades sin perjuicio de la pensión o prestación de desempleo? ¿En concepto de que?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto, que les estudie su caso concreto. Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Los empleados de las entidades deportivas son algo complejos y puede encontrar información en http://abogadosedo.blogspot.com.es/2014/11/estudio-del-ministerio-de-empleo-y.html

En principio, la Junta Directiva de una entidad sin animo de lucro, una federación lo es, no ha de cobrar, por lo tanto, ustedes solo deberían recuperar (compensarles) el dinero efectivamente gastado y con justificación documental (factura) a nombre de la entidad.

Todo lo demás, puede ser considerado una renta y por tanto estar obligado a tributar por ello, además de ser considerado una remuneración por el cargo, con lo que podrían perder algún beneficio fiscal.

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