¿Se puede pactar un usufructo con una persona no familiar (tus arrendadores)? ¿Y se puede perder en parte por herencia?

Desarrollo el tema
Estoy viviendo en una finca pequeña -650m2- con una casa semi en ruinas -se me puede caer el suelo de la primera planta sobre la habitación en la que duermo- y que quiero pactar con los propietarios (todos vivos) lo siguiente:

Un usufructo sobre la finca sin ser familiar, ¿se puede? Esta es la 1ª pregunta

Porque por lo poco que he leído en el código civil, y sabiendo que esto viene del derecho romano, parece que esta más enfocado a familaires (viudas, herederos, legitima-no se muy bien lo que es,...-, pero claro no se si en su evolución este precepto ha cambiado

Yo por tanto, lo que quiero es arreglárselo, con todo el gran coste económico y de trabajo que eso supone, a cambio de un usufructo de por vida, a mi favor evidentemente, para protegerme del posible capricho/necesidad de sus herederos en un futuro (ya que habré convertido una casa en ruinas en una señora vivienda)

Es decir, si al morir alguno de las parejas propietarias de la finca, q teniendo hijos, estos pueden por tanto heredar digamos la "finca U" (llamemosla así a partir de ahora, a la finca y casa q deseo arreglar y de la q deseo el usufructo), esto es, su propiedad, y por tanto venderla (como también puede hacerlo los actuales propietarios a día de hoy), si esto esta debidamente anotado en la escritura de propiedad, ¿si este usufructo por tanto se hereda?' ESTA ES LA 2ª PREGUNTA

Y si yo puede perder parte del usufructo de la finca, esto es, que si por herencias, compras/ventas,... O lo q fuese, o si me puedo negar a q lo vendan como usufructuario, y de hecho, evitarlo, y si así no fuese, es decir q me pudiesen obligar a irme, o tener que indemnizarme por ello y contra mi voluntad (pongamos el ejemplo), como se calcularía la indemnización -cosa q yo no querría- ya que yo he mejorado y mucho la casa y finca,¿además de los beneficios del propio usufructo? Esta es la 3ª pregunta

También te preguntaría si en las herencias yo puedo perder en algún caso parte alguna de la finca, por lo q pone en el código civil (derechos de herederos, legitima- q no se muy bien lo q es-...), esto es, que por estos devenires legales, se me pueda quedar la finca-casa en menor superficie,...

Yo voy "ademas" "a pagar un alquiler" a la propietario por el usufructo digamos

PD: muchas gracias por esta web tan generosa q tienes

Yo es q me he empezado a leer el código civil y los artículos y otras leyes relacionados con el tema, y te puedes volver loco, por eso, se agradece el q te puedan dar unas pinceladas, de las finas finas de información

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Es mucho más sencillo de lo que crees. Si el/los propietario/s de la finca te hacen un usufructo vitalicio, nada ni nadie puede quitarte el uso y disfrute de la vivienda, es decir, aunque vendan, hereden... etc. Lo que no puedes hacer en ningún caso es oponerte a la venta, ya que el usufructo te da derecho al uso y disfrute de la vivienda pero no eres propietario de ella ni de ningún porcentaje de ella, de manera que no puedes vender nada ni evitar que ellos vendan, eso sí, venderán con el usufructo tuyo.

Si es vitalicio, hasta que no fallezcas estará en vigor. Una cosa que tienes que tener en cuenta es que tú puedes vivir en esa casa de por vida, pero los propietarios también pueden hacerlo, salvo que haya un contrato de alquiler en vigor que te daría el uso y disfrute a ti, independientemente al usufructo.

En el caso de que lleguen a un acuerdo contigo para que te vayas y tu voluntariamente renuncies al usufructo, no hay una forma de calcular una indemnización, sería un acuerdo libre entre las partes.

Se me pasaba, el usufructo no se inscribe en la escritura de propiedad, se hará un documento público ante Notario donde el/los propietario/s te dan el usufructo de la vivienda y éste se registrará en el Registro de la Propiedad.

Espero haber resuelto tu duda y contestado a tus preguntas, si necesitas cualquier aclaración no dudes en preguntarme de nuevo.

Te pido por favor que valores la respuesta para así poder seguir contestando a otros usuarios.

por supuesto pedro q muchas gracias, pero ademas no sabes en q grado lo estoy

pero no querria quedarme en esto, y ya q esto para mi tiene una gran importancia, me gustaria agradecertelo pudiendo saber si estarias disponible para q te/os pudiese contratar para entrar muy en detalle acerca de esto, ya q veo q el tema lo usufructo/alquileres lo dominais o al menos teneis las ideas claras
porque ademas en breve voy a hablar con esta gente y quiero empezar a cerrar el tema

un mas q fuerte abrazo (q sepas q tu gratis me has sido de mas ayuda q otros compañeros tuyos, por lo q he visto, con otras personas cercanas a mi, y pagando), y espero noticias tuyas

Me alegro de haberte podido ayudar.

Si quieres, para que comentar un poco el tema de la gestión que me comentas, te dejo mi correo, si me haces el favor envíame a él tu teléfono y la localidad donde está la vivienda de la que hablamos. El Martes, que ya estaré de vuelta, me pondría en contacto contigo, sin ningún tipo de compromiso para ti y comentamos un poco el tema de lo que necesitas exactamente.

Mi correo es [email protected]

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