Tengo una duda sobre pago hipoteca

Buenos días quiero realizar una pago extraordinario de 5000 euros a mi hipoteca, esta se revisa anualmente en octubre el día 1, y yo quiero realizar el pago extra en el mes de enero, El banco me dice que lo mejor es realizarlo el día 1 de enero o el 1 de febrero pero no en otro día del mes. Me gustaria saber el porque ya que me gustaria ingresarlo el día 15 de enero para que en la cuota de febrero ya page menos.Exactamente lo que  me responde el banco es esto "si realiza la aportación extraordinaria haciéndola coincidir con la cuota ordinaria (día 01),esa amortización extraordinaria amortiza íntegramente capital dado que todos los intereses devengados los afronta la cuota ordinaria,sin embargo si realiza la amortización en cualquier otra día habrá una parte de intereses devengados que deberá afrontar es amortización extraordinaria que realiza" no entiendo esta respuesta me podias aclarar que beneficios tiene el ingreso para mi el día 1 con respecto al día 15 ? Muchas Gracias

2 Respuestas

Respuesta

La explicación que le ha dado el banco, tiene sentido teórico, pero, en la práctica, no se traduce en mucho euros.

Cuando cada mes, nos pasan la cuota de la hipoteca, esta se compone de una parte de interés y otra de capital.

Imaginemos que a usted le pasan una cuota de 500 euros, de los que 400 son capital, y 100 intereses, y que ahora mismo, tiene un capital pendiente de 150.000 euros.

Cuando el día 01/01/2015, le pasen la hipoteca, ( 500 euros), pagara 100 euros de intereses, y 400 de capital, por lo que el capital pendiente de su hipoteca serán 149.600 euros.

El día 01/02/2015, le volverán a pasar la cuota, que seguirán siendo 500 euros, sin embargo, como le queda menos capital pendiente, la parte de intereses se reduce, por lo que de los 500 euros, 401 serán de capital y 99 de intereses.

Suponiendo que quiera hacer una amortización de plazo ( misma cuota mensual, pero recortando el plazo final)si usted hiciera la amortización el día 01/01/2015, en nuestro ejemplo, en la cuota de enero, ya pagaría menos intereses.

Si la hace el día 15/01/2015, en nuestro ejemplo, durante la mitad del mes, pagaría intereses por 150.000 euros, y durante la otra mitad, por 145.000, coincidiendo con la cantidad sobre la que pagaría intereses si la amortización la hiciera el día 01/02/2015.

Por tanto, mi consejo, es que amortice cuando le sea más cómodo a usted, y que no se deje marear por la operativa de su banco.

Respuesta
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En contestación a su pregunta, le diré que la respuestas que le ha dado el banco no es muy comprensible que digamos. Cuando usted realiza una amortización parcial anticipada, usted lo que está es "restando" el importe que aporta al capital pendiente del préstamo, no a los intereses. Esto ocurre en cualquier forma de amortización, sea a través del método francés, hamburgués, cuota única, etc. Otra cosa es que si lo hace el día 15, en el próximo recibo le liquidarán la cuota de capital que corresponda, los intereses por el montante antiguo desde el día 01 hasta el día 15, y los intereses devengados por el nuevo capital desde el día 15 al 31. Me imagino que es lo que han querido decir, ya que, tras hacer la amortización parcial, el siguiente recibo no es exactamente el que va a pagar a partir de ahora, puesto que los intereses serán mayores al contar del 01 al 15 con un capital mayor al que ahora queda tras la aportación. El siguiente recibo a éste, será aún menor, puesto que ya liquidarán intereses de todo el mes por el nuevo capital pendiente.

Espero haberle ayudado. Un saludo, y no olvide valorar mi respuesta.

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