¿Es fraude a hacienda y seguridad social el siguiente caso?

  • Este es el caso una sociedad limitada, de dos personas, uno de ellos es administrador único, y lleva la empresa, el otro es su mujer, que ni trabaja allí ni nada, es autónomo se ha quitado la nomina, y no percibe retribución como administrador, ya que no esta fijado en los estatutos, tampoco hace factura a su nombre de la empresa, además este señor factura a su antojo, y además tiene dinero negro, esto demostrable, hasta lo que yo se no ha efectuado liquidación de iva, y como no cobra no hace declaración, pero la empresa sigue funcionando, Un autónomo que yo sepa, cotiza a la seguridad social dependiendo de sus ingresos, ¿si eso es así esto es fraude al seguridad social? ¿El trabajador que tiene que sabe todo es su cómplice? Es fraude a hacienda el que como no cobra ni con nomina ni se hace factura de la empresa a su nombre, ¿no haga declaración? Este señor vive a cuerpo rey, paga alquiler de casa tiene coche nuevo y no creo que eso sea normal,
Respuesta
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Este Administrador está dado de alta como autónomo que es lo que la ley le obliga respecto de la seguridad social, se cotiza por la base que se elija y NO POR LOS INGRESOS LO QUE SI OCURRE EN CASO DE ESTAR EN RÉGIMEN GENERAL ( EMPLEADOS ) Respecto de hacienda, este señor todos los ingresos que perciba han de ser considerados como retribución por su cargo de administrador y no como empleado, su retención el 42 %. Todas la cantidades que cobrara estarían sujetas a esa retención.

Respecto de la mujer, con la ley en la mano debería estar cotizando como autónoma también, lo que pasa que la inspección de trabajo, en la mayoría de los casos, considera que al haber ya un administrador que realmente dirige no la obliga a estar en alta.

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