Cómo abonar una deuda con un embargo?

Tengo mi nomina embargada, judicialmente, así como mi cuenta por un embargo telemático automatizado, todo por una deuda con una entidad de crédito. El caso es que he recibido un dinero en metalico que me ha prestado un familiar y con el que puedo cubrir todo lo que me queda de deuda y mi pregunta es a quién tengo que acudir para liquidar la deuda. Es decir, ¿tengo qué ponerme en contacto con la entidad de crédito para hacerlo o acudir directamente al Juzgado? ¿De qué manera puedo hacer esta gestión?

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Dado que el tema está en sede judicial como es lógico, no es necesario contactar con la entidad acreedora. Se puede hacer la gestión directamente con el Juzgado. ¿Cómo? Transfiriendo la cantidad debida a la cuenta de Depósitos y Consignaciones del Juzgado debidamente y el justificante de dicho pago se adjunta a un escrito dirigido al Juzgado en el que expone que ha satisfecho el 100% de la deuda y que, por tanto, procede el levantamiento de los embargos, no quedando cantidad a reclamar.

Le facilito nuestros datos de contacto para cuanto necesite:

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Si tiene usted la nómina embargada, su empresa ha recibido una Diligencia del Juzgado correspondiente. En esa Diligencia consta los datos del Juzgado y su procedimiento.

Contactado con el juzgado que corresponda y hablando con el oficial de su proceso, debe facilitarle el número de cuenta donde hacer el ingreso y contrastará con usted las cantidades pendientes.

Si paga usted extrajudicialmente, corre el riesgo de pagar una cantidad en costas mucho mayor.

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