Herencia. Articulo 756 aparado2 código civil

Puede desheredar un padre a sus hijos poniendo en el testamento los desheredo por articulo 756 apatdo 2 del código civil

1 respuesta

Respuesta
1

Deberá explicarse tal causa en el testamento, y debe ser verdad que se incurra en esa causa, si no es cierta, no habrá causa para desheredar y el heredero que se pretenda desheredar podrá reclamar su legítima.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas