Renovación de permiso de residencia y trabajo

Tengo que renovar la tarjeta segunda renovación por larga duración. Tengo cotizado en los 2 años de tarjeta de residencia y trabajo 6 meses, y vence mi tarjeta 05/03/2011.
Me he dado de alta en la seguridad social como empleado de hogar discontinuo 03/01/2011
esto vale a la hora de renovar mi permiso y que solicitud tengo que hacer ex00 o la ex02 y las respectivas tasas que me tocaría pagar.

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Tiene que relelnar el impreso ex02. Y pagar la tasa 062. El Ministerio facilita la liquidación de la tasa 062 de dos formas:
Pagar y enviar la liquidación de la tasa a través de Internet:
Acceda al Formulario 990 de Pago y Registro Electrónico Tasa 062: Expedición de permisos de trabajo y autorizaciones a ciudadanos extranjeros.
Verificación de los requisitos técnicos, para lo cual el ciudadano deberá pulsar el botón "Verificar".
Se mostrará un listado con las tasas del modelo 990-062 pendientes de pago y el ciudadano podrá pinchar en la que desee para realizar el pago.
Realice el Pago Telemático de la tasa pulsando el botón "Realizar Pago" del formulario y siguiendo los pasos necesarios en la pasarela de pagos de la AEAT.
Atención: Para que el proceso sea completo es imprescindible que realice el resto de pasos que se indican a continuación.
Realice el Registro Electrónico de la Tasa, cumplimentando en su caso los datos pertinentes del formulario electrónico y pulsando el botón "Firmar y Enviar".
Descargue e imprima el justificante devuelto por el Registro Telemático.
Realice el resto de trámites asociados a la tasa.
Si lo desea, puede consultar el estado del Pago y Registro electrónico de sus tasas en la pestaña Mis expedientes.
Imprimir el formulario de liquidación de la tasa:
Con certificado digital:
Se mostrará un listado con las tasas del modelo 990-062 pendientes de pago y el ciudadano podrá pinchar en la que desee para descargarse el modelo cumplimentado.
Pulsado el botón "Obtener Documento" el ciudadano se descargará el modelo 990-062 cumplimentado.
Sin certificado digital:
El ciudadano deberá cumplimentar un formulario en el que le solicitará el NIF si se selecciona "Empresario" en "Tipo de ciudadano" o el NIE si selecciona "Trabajador" en "Tipo de ciudadano", además deberá indicar el número de expediente. Si desconoce el número de expediente deberá marcar "Número de Expediente desconocido" e introducir la fecha de nacimiento del extranjero.
Una vez cumplimentado el formulario se debe pulsar el botón "Consultar" y se descarga el modelo cumplimentado.
Hola muchas gracias por su aclaración con respecto a las tasas ya que es un tema que tampoco tenia claro como proceder al pago de las mismas, pero lo que ahora me interesaría saber con mayor prioridad es el tema del darme de alta como empleado de hogar discontinuo si este tipo de procedimiento extranjería lo tiene en cuenta como tiempo cotizado o tiene que darme de alta alguna empresa. El darme de alta como empleado de hogar es porque es imposible que una empresa me haga un contrato por el tema de la crisis. La doy las gracias de antemano
Para darse se alta como empleado de hogar discontinuo tiene que ir a la una oficina de la seguridad social y hacer la solicitud de alta y las cuotas de cotización las debe ingresara usted no el empleador. Sí que extranjería lo tiene en cuenta como tiempo cotizado.

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