Error en pensión con carácter retroactivo

Un familiar tiene una pensión de viudedad de 392 euros desde hace 15 años, hemos ido a la seguridad social y se extrañaron que fuera tan baja ya que la mínima nos comentaron que esta en 550 euros, le dijeron que rellenara unos documentos y le han pagado unos 2200 euros de sopetón, he echado cuentas y ese dinero es la diferencia entre los 392 y los 550 que le debían haber pagado durante 14 pagas. Por lo que intuí que es del último año. Quisiera saber si debido a este error que ha sido arrastrado desde hace 15 años, puedo solicitar a la seguridad social que le reintegren las diferencias de esos importes que no le pagaron de los otros 14 años, y si se lo concederán.

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El art 44 de la ley general de la seguridad social señala:
1. El derecho al percibo de las prestaciones a tanto alzado y por una sola vez caducará al año, a contar desde el día siguiente al de haber sido notificada en forma al interesado su concesión.
2. Cuando se trate de prestaciones periódicas, el derecho al percibo de cada mensualidad caducará al año de su respectivo vencimiento.
En principio la retroactividad se limitaría al año
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Siento no poder ofrecerle una respuesta adecuada a la cuestión que plantea ya que la misma no es de mi especialidad. Le sugiero que pregunte a un experto en seguridad social o derecho administrativo.
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Usted puede solicitarlo, otra cosa es que le corresponda y que pueda ser solicitada para todos esos años... Le recomendamos que se ponga en manos de un abogado, que le estudie la documentación y estudie los importes que se pueden reclamar.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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