Vicios ocultos

Hola! Adquirí una casa que estaba en régimen de cooperativa. Hasta los 3 años después de la entrega de la casa no nos fuimos a vivir a ella. Queríamos hacer un arreglillo y nos dimos cuenta que las tuberías estaban mal construidas y el agua del baño no salia para la tubería de la calle si no para la parte de atrás de la casa donde estaba el patio... El constructor dice que no se hace responsable porque la cooperativa le debe dinero, cosa que yo desconozco. Tuvimos que hacernos cargo de la reparación. Algo que me parece muy injusto porque se supone que te tienen que dar una garantía. Me gustaría saber quien o quienes son los responbles de esto y cuanto tiempo tengo para reclamar. Gracias.

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El problema que tienen en su caso es el del tiempo transcurrido
Según el art 17 b de la ley de ordenación de la edificación el plazo de garantía es de tres años, cuando se trate de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad
Este plazo se cuenta desde la recepción de la obra
Producido el daño en este plazo hay un plazo de 2 años de prescripción para reclamar
Debieron dar cuenta inmediata de esos defectos antes de repararlos por su cuenta para que el constructor se hiciera cargo de ellos, es más complicado el reclamar el coste de la reparación sin haber dado antes la posibilidad de solucionar el defecto al constructor
De todas formas, lo más urgente es enviarle un burofax reclamándole ese coste por si no hubiera prescrito y luego estudiar el tema con calma para poder determinar si ha prescrio o no y si los daños se produjeron en el plazo de garantía
Deben acreditar la existencia de esos daños por lo que debieron realizar un informe pericial sobre su existencia
Cuando paso todo eso estábamos dentro del plazo y llamamos al constructor para decirle el problema que nos habíamos encontrado y su respuesta fue que El no se iba hacer responsable de nada porque la cooperativa le debía dinero.
Nosotros llamamos a nuestro seguro que nos envío un perito y nos hizo un informe solo para que constatar el daño que había nada más puesto que nuestro seguro no se hacia responsable de eso.
Le enviamos un burofax pero no tuvimos respuesta.
Una vez producido ese daño dentro del plazo de garantía hay un plazo de prescripción de dos años para reclamar
El informe pericial debería indicar no solo el daño, también la causa, que quede claro que se trataba de vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad
Ahora mismo pueden intentar una conciliación con el constructor, conciliación para la que no necesitan abogado, pero si no llegan a un acuerdo deberán acudir a un abogado que estudie toda la documentación, ese informe y valore la posibilidad de entablar una acción judicial contra el constructor

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